REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 30 de Marzo del año 2009.
198º150º
EXPEDIENTE N°: GP02-R-2008-000062
Suben las presentes actuaciones a este Tribunal con motivo del RECURSO APELACIÓN ejercido por el Abogado MARIO DE SANTOLO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°: 88.244, con el carácter de apoderado judicial de la parte accionada, contra la sentencia de fecha 11 de Noviembre del año 2008, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el Juicio que por Prestaciones Sociales incoare el ciudadano LUIS OMAR ROJAS contra la sociedad de comercio “CERVECERIA POLAR DEL CENTRO” (hoy CERVECERIA POLAR SAN JOAQUIN) .
Ahora bien, siendo el día y la hora fijada para la celebración de la Audiencia de Apelación, prevista en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la parte accionada. Se dio apertura al acto y seguidamente el ciudadano alguacil Eduardo Rodríguez, notificó a la Juez, que en el recinto del Tribunal no se encontraba presente la parte recurrente, ni por si, ni por medio de apoderado judicial que la representare; en consecuencia, este Tribunal, declara Desistido el recurso de Apelación interpuesto, de conformidad con el artículo 164, eiusdem. Y ASÍ SE DECLARA.
DECISION
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el Abogado MARIO DE SANTOLO en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada contra la decisión dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 11 de Febrero del año 2008, en el juicio que por cobro de Prestaciones Sociales incoare el ciudadano Luis Omar Rojas, contra la Sociedad de Comercio “CERVECERIA POLAR DEL CENTRO”, C.A. (hoy CERVECERIA POLAR SAN JOAQUIN, C.A) de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se CONFIRMA la sentencia recurrida.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los 30 días del mes de Marzo del año 2009. Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
BERTHA FERNANDEZ DE MORA
JUEZ SUPERIOR
La Secretaria.
Máyela Díaz
En la misma fecha se dictó, público y registró la anterior sentencia, siendo las 4:00 p.m.
La Secretaria
Máyela Díaz
BF de M/MD/- GP02-R-2008-000062
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