REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 04 de marzo del año 2009
198º y 149º
ASUNTO Nº: GP02-R-2008-000001
DEMANDANTE: LUIS ARMANDO GONZALEZ OLIVEROS.
DEMANDADA: HOTEL TACARIGUA, C.A.
MOTIVO: DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN.
AUTO DE HOMOLOGACIÓN
Vista la diligencia consignada en fecha 03 de Marzo del año 2009, suscrita por el ciudadano Luis Armando González Oliveros, titular de la Cedula de Identidad Nº: V-4.451.370, parte actora, debidamente asistido por la Dra. Francis Alfonzo, Inpreabogado Nº: 54.825, en la cual desiste del recurso de apelación interpuesto en fecha 07 de Enero del año 2009, contra la sentencia de fecha 17 de Diciembre del año 2007, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, vista que no es contrario a derecho, este Tribunal le imparte la homologación de Ley, de conformidad al artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente de conformidad al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez
BERTHA FERNANDEZ DE MORA
La Secretaria
Máyela Díaz
En la misma fecha se dictó, publicó y registró el anterior Auto de Homologación, siendo las 01:42 p.m.
La Secretaria Máyela Díaz
BFdeM/MD/.-
GP02-R-2008-000001.
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