REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
PODER JUDICIAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Guanare 14 de mayo de 2009
Años 199º y 150º
Visto el desistimiento de la Acción y del Procedimiento realizado por la ciudadana MARIA AMBROCIA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad n° 6.306.195, asistida por la Abogada para el Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente; el Tribunal le imparte su Homologación y de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia y acuerda el archivo del presente expediente. Así mismo se acuerda la devolución de los documentos originales que cursan a los folios 06, 07, 09, 11, 18, 19, 20 y en su defecto dejar copias simples; así como también se acuerda expedir copia simple del presente auto. Remítase al archivo judicial.
La Jueza,
Abog. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,
Abog. Florbelia Urquiola Corona.
Carolina