REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2004-000071
ASUNTO : RP01-D-2004-000071

AUTO EFECTUANDO CÓMPUTO

Vista el acta de fecha 19 de mayo de 2009, donde la Defensa solicitó la practica de cómputo actualizado en la presente causa seguida al sancionado xxxxxxxxxx, no haciendo oposición la Representación Fiscal, se procede a efectuar cómputo de conformidad con las atribuciones conferidas al Juez de Ejecución en los artículos 646 y 647 de la LOPNNA, concatenado con el artículo 482 del COPP, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la citada ley, en los términos siguientes:
Primero: Que el sancionado xxxxxxxxxxxxx, le fue impuesta la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de UN (1 ) AÑO Y SEIS (6) MESES, por la comisión del delito de robo agravado en perjuicio de Reinaldo Jiménez Cova y Luís Hernández .
Segundo: Que al sancionado xxxxxxxxxxxx, estuvo detenido desde el 16/06/2004 hasta el 23/07/2004, detenido Un (01) mes y diecisiete (17) días, detenido nuevamente en fecha 01/05/2006 hasta el 18/08/2006, toda vez que en fecha 19/08/2006 se evadió del Centro de reclusión, por lo que estuvo detenido Tres (03) meses y Trece (13) días; Capturado el 06/03/2007 hasta 20-05-2007 fecha en que nuevamente se evadió, cumplió dos (2) meses y catorce días. Capturado el 15 de mayo de 2009, por lo que lleva detenido once días, para un TOTAL de sanción cumplida de SIETE (07) MESES y VEINTICINCO (25) DÍAS faltándole por cumplir DIEZ (10) MESES y CINCO (05) DÍAS, que vencerán el 30 DE MARZO DE 2010.
Tercero: Cómputo que se realiza conforme a lo previsto en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, CONCATENADO con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley.
En razón de lo decidido, se acuerda trasladarse a la sede del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, sede Cumaná, lugar donde se encuentra recluido a objeto de imponerlo del nuevo cómputo. Notifíquese a las partes del presente cómputo. En Cumaná, a los veinticinco días del mes de mayo de 2009. .
LA JUEZDE EJECUCIÓN ADOLESCENTES
Abg. Yomari Figueras Mendoza



LA SECRETARIA
Abg. Lenny Marval