REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
JUZGADO TERCERO DE EJECUCION
Caracas, 04 de Mayo de 2009
199º y 150º
RESOLUCIÓN SUSTITUYENDO MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD POR
SEMI-LIBERTAD
Expediente N° 490-08
JUEZA TITULAR: ADDA MARITZA BAEZ B.
MINISTERIO PÚBLICO: MAURO GRANADILLO REQUENA (AUX.)
N° 117
DEFENSA PUBLICA: LUIS MIGUEL ISLANDA
N° 06
SANCIONADO: SE OMITE IDENTIDAD
Visto que en esta misma fecha se sustituyó la medida sancionatoria de Privación de Libertad a la que estaba sujeto el ciudadano SE OMITE IDENTIDAD, por la de Semi-Libertad, a quien se le sigue causa con la nomenclatura 490-08, este Tribunal, previo a dictar la Resolución respectiva, hace las siguientes consideraciones:
Primero: En sentencia publicada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, en fecha 16 de Abril de 2006, se sancionó al adolescente SE OMITE IDENTIDAD, con las medidas de Privación de Libertad, por el lapso de un año (01) año y seis meses y Libertad Asistida, por seis (06) meses, a cumplir de manera sucesiva; por la comisión del delito de Violación Agravada, previsto en el artículo 374 numeral 1° del Código Penal, en perjuicio del niño SE OMITE IDENTIDAD. (Folios 208 al 216, pieza 1).
Segundo: En fecha 20 de Mayo de 2008, fue recibida la causa procedente del mencionado Juzgado, por conducto de la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos y examinada como lo fue la competencia para ejecutar la sanción, se le dio entrada y se registró bajo la nomenclatura 490-08, en el Libro llevado al efecto, (folios 220 y 221, pieza 1).
Tercero: Este Juzgado el 19-06-2008, celebró audiencia de imposición de las condiciones de cumplimiento de la medida de privación de libertad y se ordenó su ingreso en la Casa de Formación Integral Ciudad Caracas. (Folios 237 al 240, pieza 1).
Cuarto: El 02-10-08, se practicó cómputo donde se estableció como fecha de cumplimiento de la Medida en ejecución, el 11-11-2009. (Folio 261, pieza 1).
Quinto: En el Plan Individual allegado a los autos en fecha 15 de octubre de 2008, en el área social, se señaló: “…En la entrevista inicial, se muestra exigente de atención, se define como un joven tranquilo “normal” le gusta ver televisión, y los juegos de video, confiado de las amistades que ha llevado a su hogar, señalando con pesar que lo han robado en estas visitas, amable, poco conversador, dispuesto a colaborar en las actividades. Niega cualquier participación relacionado al caso por el cual se encuentra en la entidad, atribuyéndolo a la maldad de quien creía su amigo, evitando el tema, niega consumo del alcohol, cigarro o drogas. En la entrevista familiar, la madre define a SE OMITE IDENTIDAD como un hijo obediente, cariñoso, en ocasiones con algunas manifestaciones de rebeldía, propias de la edad, como el de no ver televisión hasta tarde, colaborar en la limpieza de la casa etc, sin faltas de respeto, efectivo con su hermano menor, sin consumo aparente de drogas, La Sra. SE OMITE IDENTIDAD es una madre, atenta a las indicaciones y normativas del centro, con disposición y apertura a las orientaciones con preocupación evidente y manifiesta por la situación de su hijo. “; estableciendo como metas: 1) que el adolescente, analice la importancia del cumplimiento de la medida,, 2) promover los lazos de solidaridad y reconocimiento, entre los compañeros con su misma situación legal, 3) que reconozca y cumpla el reglamento interno, 4) incorporar el grupo familiar en el proceso de reinserción del adolescente, 5) reforzar los valores familiares, 6) incentivar al joven adulto hacia intereses académicos y de capacitación laboral, reforzando el área de estudio de su preferencia, 7) preparación para el egreso; en psicopedagogía, se señaló: “Adolescente de 15 años de edad, que tiene 5to grado aprobado, informó que repitió 1ero y 2do grado, estaba estudiando 6to grado en la escuela regular, en 3er lapso…En el área académica el desenvolvimiento del joven es bueno, según las evaluaciones realizadas se pudo evidenciar que el joven se encuentra por debajo de su nivel académico..En el área de lenguaje posee adecuado ritmo lector, se puede evidenciar un vocabulario acorde al léxico propio de su edad y del medio social donde se desenvuelve, interpretando lo leído, logrando extraer idea principales y secundarias de textos y revista. En el área de escritura presenta problemas ortográficos y confusión entre las letras mayúsculas y minúsculas, donde hace mezcla de la letra cursiva con script, con direccionalidad inclinada, no logra respetar los márgenes, de tamaño regular, omisión y sustitución de sonidos semejante… se le dificulta tomar en cuenta los signos de puntuación y acentuación de las palabras. En el área de cálculo realiza adiciones, sustracciones, conteo progresivo, regresivo, identifica las figuras geométricas, resuelve ejercicios de multiplicaciones complejas, divisiones de dos cifras y potenciación. En cultura general carece de conocimientos de ciertos conceptos por lo cual es necesario la nivelación de los aprendizajes; y en el área psicológica, señala: “… lúcido, orientado en tiempo, espacio y persona, sin dificultades de lenguaje, pensamiento en curso y contenido normal, sin dificultades de sensopercepción, ni de afectividad. Establece buen rapport, se muestra colaborador y con adecuada presencia e higiene personal. SE OMITE IDENTIDAD es el primero de hermanos de diferentes relaciones de pareja de su progenitora. En lo familiar desconoce datos de su padre, quien lo abandona al nacer, niega consumo de sustancias nocivas (drogas, alcohol, o cigarrillos), niega otras conductas transgresionales, así como pertenecer a bandas delictivas refiere establecer adecuadas relaciones de interacción social. Sin experiencias heterosexuales. Manifiesta trabajar como ayudante de marmolería con su padrastro”. “Impresiona con nivel de inteligencia al menos término medio, sin evidenciar rasgos de Daño Orgánico Cerebral, ni de retardo mental. En lo personal se presenta como un adolescente con temor a mostrar agresividad, dependiente y con tendencias infantiles…”.
Sexto: En audiencia celebrada en fecha 15-01-2009 se mantuvo la medida de Privación de Libertad, ordenándose la reformulación del cómputo, debido a que en el allegado a los autos, no se abordaron los factores y carencias que incidieron en la conducta delictiva, como tampoco se le ha dado debida atención al área psicológica, por las características del delito en que se vio incurso.
Séptimo: Riela a los folios 85 al 91 Informe Evolutivo, del cual se evidencia: Área Socio-Familiar: …” El adolescente es coherente, se desenvuelve adecuadamente y esta conciente y ya internalizo (sic) la importancia del cumplimiento de su medida, reconoce y respeta las figuras de autoridad, por otra parte cumple con la mayor parte del reglamento interno del centro, aunque se debe reforzar un poco debido a que hace exigencias fuera de la normativa de forma inadecuada… En cuanto a la dinámica familiar se ha logrado consolidar la relación Padre-Hijo y ha logrado establecer lazos afectivos con su familia paterna y su menor hermano con quien no tuvo oportunidad de que su hijo creciera a su lado por diferencias entre la pareja; su padre es una persona colaboradora y siempre dispuesto a brindar apoyo no solo al adolescente sino también al centro…Por parte es importante señalar que su madre tiene una pareja que le a (sic) brindado todo el apoyo a ella y al adolescente en cuanto a todo lo solicitado por el equipo técnico y mantienen una buena relación entre padre sustituto e hijo, el adolescente” a (sic) aprendido a aceptarlo y respetarlo, situación que le va a favorecer para su integración familiar, aunque se debe trabajar el autoestima en el adolescente y reforzar valores… Por lo antes señalado podemos considerar que SE OMITE IDENTIDAD Noriega cuenta con herramientas positivas que le permitirán integrarse exitosamente en su entorno socio-familiar, aunque demanda otros cursos de capacitación como en el área de la Cerrajería, Herrería, Carpintería y Computación para que cuando salga del centro pueda incorporarse rápidamente al campo laboral, ya que, no se conforma con solo asistir a la escuela para recibir educación formal; él siempre manifiesta el deseo de superarse y de realizar actividades complementarias que le permitan desarrollarse integralmente como individuo. En esta etapa del desarrollo de la medida del adolescente es importante abordarlo constantemente a fin de reforzar valores y la normativa para la convivencia institucional, ya que por su edad cronológica corre riesgo de ser influenciado por jóvenes de mayor edad a través de presión de grupo para pretender conseguir propósitos contarios a los lineamientos establecidos en la normativa interna del centro. Por ultimo es necesario resaltar el hecho de que aún el adolescente no asume la culpabilidad del hecho punible que se le imputa, por lo que se ha estado trabajando en el área sexual con el manejo de supuestos, a fin de que, si tuvo participación real en el hecho pueda canalizar y fortalecer sus debilidades por medio de las herramientas que se le están brindando a través de las orientaciones en cada abordaje al nivel individual.” Área Psiquiátrica: …” Se trata de adolescente masculino sin antecedentes transgresionales ni psiquiátricos, quien para el momento de la entrevista no evidencia psicopatología ni alteraciones del examen mental. Niega otras conductas transgresionales, así como pertenecer a bandas delictivas. En relación al padre biológico, el mismo se ha integrado al proceso de SE OMITE IDENTIDAD, visitándolo frecuentemente e involucrándose en actividades de apoyo a los adolescentes ya que labora como carpintero ofreciendo dictar talleres en esta área. Se evidencia mejoras en la dinámica familiar lo cual favorece su desarrollo y le permite adquirir herramientas sólidas que favorecen su reinserción en el ambiente familiar y social, con la finalidad de obtener la formación integral del adolescente y la búsqueda de su adecuada convivencia… Sin embargo es necesario que el mismo internalice la gravedad de los hechos cometidos, la responsabilidad y la consecuencias de sus actos y también es necesario que sea confirmada su conducta con un evolución sostenida, se evidencia que SE OMITE IDENTIDAD presenta un proyecto de vida respaldado con el apoyo familiar, reinserción a la escolaridad y al campo laboral, con disposición de acatar las normas impuestas. De igual manera se observa, que a pesar de que todavía existen debilidades por superar y metas por lograr, éstas pudieran continuar siendo tratadas de manera ambulatoria en el HOSPITAL SE OMITE IDENTIDAD, donde funciona la consulta de PSIQUIATRÍA infantil y juvenil, tanto para el adolescente y el grupo familiar, lo cual le daría mayor seguridad al adolescente para seguir tratando aquellos aspectos y/o factores negativos que aun presenta. Área Psicopedagógica: …”Durante el periodo evaluado, el adolescente ha mejorado notablemente en la realización de las actividades planificadas con el propósito de cumplir con las metas establecidas en el plan individual. Logrando consolidar conciencia y compromiso con el cumplimiento del proceso socio-educativo que se desarrolla en la entidad, se puede apreciar en el cumplimiento del reglamento interno, asistencia a los talleres propuestos, respeto a la figura de autoridad. Tiende a establecer liderazgo positivo y cuidar su proceso, siendo abordado por el equipo técnico continuamente logrando discernir conductas adecuadas y (sic) inadecuadas, como diferenciar amistades y analizar consecuencias de sus actos…”
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su artículo 646, nos señala la competencia para controlar tanto el cumplimiento de las medidas impuestas, como los objetivos fijados por esta Ley. Así mismo, en su literal e) del artículo 647, nos faculta para Revisar la medida, atendiendo a las circunstancias específicas del caso producidas posteriormente, a la determinación de la sanción, de manera de modificarla o sustituirla por otra menos gravosa en el transcurso del tiempo y de forma progresiva. En el caso que nos ocupa, se observa que si bien es cierto que en el Plan Individual que riela a los autos, sólo se abordó el área social, estableciendo como metas: 1) que el adolescente, analice la importancia del cumplimiento de la medida, 2) promover los lazos de solidaridad y reconocimiento, entre los compañeros con su misma situación legal, 3) que reconozca y cumpla el reglamento interno, 4) incorporar el grupo familiar en el proceso de reinserción del adolescente, 5) reforzar los valores familiares, 6) incentivarlo hacia intereses académicos y de capacitación laboral, reforzando el área de estudio de su preferencia, 7) su preparación para el egreso, y que ello conllevó a que en la oportunidad en que se mantuvo la medida, se ordenara su reformulación, para que igualmente se atendiera a los factores y carencias que incidieron en la conducta delictiva, y su abordaje psicológico, dada las características del delito, y que el mismo no ha sido remitido, tal circunstancia no le es atribuible al sancionado y esto no obsta para que se revise la medida que hoy cumple, ya que si consta el Informe Evolutivo, del que se evidencian los progresos y dificultades encontradas en el proceso de ejecución de la medida, que en resumen, consisten en: que SE OMITE IDENTIDAD se desenvuelve adecuadamente, ha internalizado la importancia del cumplimiento de su medida, reconoce y respeta las figuras de autoridad, cumple con la mayor parte del reglamento interno del Centro, aunque se debe esforzar un poco más. En cuanto a la dinámica familiar señalan que se ha logrado consolidar la relación padre e hijo y establecer lazos afectivos con su familia paterna, que su padre es una persona colaboradora y dispuesto a brindar apoyo a su hijo y al Centro y en cuanto a la madre y actual pareja, también cuenta con el apoyo necesario, por lo que consideran que el sancionado cuenta con las herramientas positivas que le permitirán integrarse exitosamente en su entorno socio-familiar; además destacan que se debe trabajar su autoestima, reforzar valores, pues debido a su edad cronológica, corre el riesgo de ser influenciado por jóvenes de mayor edad, a través de presión de grupo. Finalmente, la psiquiatra Ilenis García, quien lo ha atendido, en vista de la carencia de un profesional en psicología, resalta que se la ha estado trabajando en el área sexual con el manejo de supuestos para canalizar y fortalecer sus debilidades por medio de las herramientas que se le están brindando a través de las orientaciones a nivel individual, que en su evolución se ha mostrado colaborador, dispuesto a asumir la medida, no obstante que lo atribuye a su falta de madurez y el no obedecer los lineamientos de la madre, y que por ello que le cuesta responsabilizarse por el hecho, y ha sido menester trabajarle los diferentes puntos referentes a la sexualidad y el uso adecuado de la misma, para que internalice la gravedad de los hechos cometidos, la responsabilidad y la consecuencia de sus actos; observando que a pesar de las persistencia de debilidades por superar y metas por lograr, éstas pudieran continuar siendo tratadas de manera ambulatoria, sugiriendo el Hospital, SE OMITE IDENTIDAD; por lo que en criterio de quien decide, lo explanado en este Informe, nos sirve de referencia para que SE OMITE IDENTIDAD a partir de la fecha, esté sometido a la medida de semi-libertad, a través de la cual continuará bajo la intervención de un equipo técnico, quien formulará el respectivo plan individual, en el que se establecerán las metas y estrategias idóneas para reinsertarlo en la sociedad, de manera que no incurra en infracciones a la ley penal, sin que sea necesario -como lo destaca el representante del Ministerio Público- que se le mantenga privado de libertad, para conseguir tal fin y dado el carácter excepcional de tal medida sancionatoria. Así mismo, cabe destacar en esta audiencia que están presentes otras circunstancias a ponderar, como lo son: 1) a la fecha, SE OMITE IDENTIDAD, tiene mas de un año, de reclusión; 2) que en actas no consta que el sancionado se haya visto involucrado en conductas irregulares dentro de la Entidad donde está cumpliendo la medida, no obstante reconocer que ésta es la conducta exigible; 3) la constatación de que sus progenitores, no obstante estar separados, se han integrado y coadyuvado para el fortalecimiento de sus relaciones con el grupo familiar; 4) que el progenitor del sancionado, está dispuesto a ocuparlo en su empresa destinada a las labores de ebanistería, como lo explicó en la audiencia, 5) que si bien a la fecha, le resta por cumplir, aproximadamente seis meses y siete días de a privación de libertad, ello no es obsta para que sea incorporado a programas socioeducativos de otra índole, que contribuya igualmente al rescate del infractor, para sí mismo, su familia y su comunidad
DISPOSITIVA
Hechas las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 622, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Resuelve: UNICO: Sustituir la medida de Privación de Libertad, que por el lapso de un (01) año y seis (06) meses, le fue impuesta a SE OMITE IDENTIDAD, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº SE OMITE, nacido en Caracas, el SE OMITE, hijo de SE OMITE IDENTIDAD y SE OMITE IDENTIDAD, soltero, residenciado en SE OMITE, Caracas Dtto. Capital, conforme consta en la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de esta Sección y Circuito , por la de Semi-Libertad, prevista en el artículo 626, ejusdem, por el lapso de seis (06) meses y siete (07) días, que es el tiempo que le restaría de cumplimiento de la medida sustituida, como se evidencia del cómputo practicado el 17-09-2008, que riela en autos, en el que se estableció como fecha de su cese, el 11-11-2009. ASÍ SE DECIDE. Dictada en horas de audiencia, en Caracas, a los Cuatro (04) días del mes de Mayo de dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
Regístrese, Diarícese y Publíquese. Cúmplase.
LA JUEZA
DRA. ADDA MARITZA BAEZ B.
LA SECRETARIA
ABG. JANNERYS AULAR TORRELLES.
AMB/*angelica*-
Exp. Nº 490-08
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