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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
 Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas y Nacional de adopción Internacional
 Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 2
 Caracas, diecinueve (19) de mayo de dos mil nueve (2009)
 199º y 150º
 
 ASUNTO: AP51-V-2007-000254
 
 Revisadas las actas procesales que anteceden el presente asunto contentivo de Obligación de Manutención, incoado por la ciudadana MIREYA MARINA URDANETA DE VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 3.728.528, en contra del ciudadano JOSÉ RAFAEL RIVERA OVIEDO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 3.520.071, a favor del ciudadano DANIEL ALEJANDRO RIVERA URDANETA, y en virtud  de que el mismo hoy cuenta con treinta (30) años de edad. en consecuencia esta Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 2 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EXTINGUE la presente obligación de manutención, por consiguiente se autoriza al ciudadano JOSÉ RAFAEL RIVERA OVIEDO, antes identificado, para que retire de la cuenta de ahorros Nº 0003-0081-10-0100193404 del Banco Industrial de Venezuela, la totalidad de los haberes que se encuentren depositado en dicha cuenta. Notifíquese a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito. Cúmplase.
 LA JUEZ
 
 ABG. ROSA CARABALLO
 LA SECRETARIA
 
 ABG. ALICIA GUZMAN
 
 
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