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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
 Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Sala de Juicio Juez Unipersonal Nº 11
 Caracas, 26  de Mayo de 2009
 199º y 150º
 
 ASUNTO: AP51-S-2009-007558
 Vista la anterior solicitud de CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana LUXCSANIT DEL VALLE MORENO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.693.087, actuando en nombre y representación de su hija, la niña (…), de tres (03) años de edad, quien se encuentra debidamente asistido por la Abg. YANETH GUERRA OSORIO, en su condición de Defensora Pública Suplente Novena (9°) para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicitó que su hija sea declarada carga familiar de su abuela materna, ciudadana LUXCINDIA DEL VALLE GONZALEZ ZACARIAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-8.950.422. En consecuencia, este Despacho Judicial cumplidas como fueron las formalidades de Ley, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley  DECLARA a la niña (…), de tres (03) años de edad, CARGA FAMILIAR de la ciudadana LUXCINDIA DEL VALLE GONZALEZ ZACARIAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-8.950.422. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados con inserción de la  presente Sentencia, de conformidad con los artículos 11 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostátos correspondientes. Cúmplase lo ordenado.
 LA JUEZ,
 
 DANIA RAMIREZ CONTRERAS
 LA SECRETARIA
 
 ABG. LENNI CARRASCO
 DRC//LC//Maria Elena*/Henry
 
 
 
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