REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, once de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : AP11-S-2009-000151
DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
Vistas las anteriores justificaciones, promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, sin perjuicios de terceros de igual o mejor derechos y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones como JUSTIFICATIVO JUDICIAL a favor del ciudadano ROBERT ANTONIO RODRIGUEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.411.127.
Se hace la salvedad que el presente justificativo de testigos se declara sólo sobre el bien identificado en el escrito de solicitud.-
Aunado a lo anterior el presente título no convalida cualquier tipo de violación a la ley, decreto u ordenanza en la cual haya incurrido la solicitante, que da origen a ésta actuación.-
Devuélvanse a la parte interesada ciudadano ROBERT ANTONIO RODRIGUEZ PEREZ, antes identificado, solicitante de la anterior solicitud de título supletorio, su original con sus resultas, a fin de que surta los efectos legales correspondientes. Y ASI SE DECLARA.-
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ
ASUNTO: AP11-S-2009-000151
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