REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, once de mayo de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : AP11-S-2009-000151

DECRETO DE TITULO SUPLETORIO

Vistas las anteriores justificaciones, promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, sin perjuicios de terceros de igual o mejor derechos y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones como JUSTIFICATIVO JUDICIAL a favor del ciudadano ROBERT ANTONIO RODRIGUEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.411.127.

Se hace la salvedad que el presente justificativo de testigos se declara sólo sobre el bien identificado en el escrito de solicitud.-

Aunado a lo anterior el presente título no convalida cualquier tipo de violación a la ley, decreto u ordenanza en la cual haya incurrido la solicitante, que da origen a ésta actuación.-
Devuélvanse a la parte interesada ciudadano ROBERT ANTONIO RODRIGUEZ PEREZ, antes identificado, solicitante de la anterior solicitud de título supletorio, su original con sus resultas, a fin de que surta los efectos legales correspondientes. Y ASI SE DECLARA.-
EL JUEZ,

LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ LA SECRETARIA,

MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ

ASUNTO: AP11-S-2009-000151