REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, once de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : AP11-S-2009-000593
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus JUAN PABLO CASTILLO ESPINOZA, quien falleciera ab-intestato, en fecha 26 de diciembre de 2007, a favor de los ciudadanos PABLO CASTILLO CORREA y ALICIA MARÍA ESPINOZA de CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.060.863 y V-3.979.997, respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones, devuélvanse los originales a su solicitante, dejándose copia certificada de todo lo actuado en el archivo sede de este Juzgado,
EL JUEZ
DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA
Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO
Asunto: AP11-S-2009-000593
JCVR/DPB/ Iriana.-