REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, 14 de mayo de dos mil nueve
199º y 150º


ASUNTO PRINCIPAL: PP21-L-2009-000340
PARTE ACTORA: MARIA DE LA CRUZ CHASTRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.467.986.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado: HERMES AGUSTIN SANCHEZ MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº 4.606.606 e inscrito en el Inpreabogado Nº. 128.734.
PARTE DEMANDADA: ANA ISABEL ENES DE JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº. 11.226.223
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Sentencia: Interlocutoria.


Vista la demanda presentada por el abogado HERMES AGUSTIN SANCHEZ MARTINEZ, quien actuando como apoderado Judicial de la demandante ciudadana: MARIA DE LA CRUZ CHASTRE y que con tal carácter demanda a la ciudadana: ANA ISABEL ENES DE JIMENEZ. Este Juzgador antes de pronunciarse sobre la admisión de la demanda, pasa a revisar el poder otorgado al Apoderado Judicial, y al revisarlo observa que en dicho poder no se especifica a que sujeto, persona natural o jurídica deba demandarse, vale decir, que a pesar de ser un poder laboral, en el mismo no se especifica o señala contra quién se deba interponer la demanda, motivo por el cual el apoderado de la accionante no tiene mandato expreso para interponer acción contra ningún sujeto, sea esta persona natural o jurídica, razón por la cual es inadmisible la presente demanda contra cualquier sujeto. Y así se establece.

De conformidad con lo expuesto anteriormente, este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho, en la fecha arriba indicada.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,





ABG° ANTONIO MARÍA HERRERA MORA, ABG° MARLENE RODRIGUEZ,

La presente decisión, fue publicada en esta misma fecha, siendo las 02:50 p.m. La scria.