REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA.
199º Y 150º
Valencia, 18 de MAYO de 2009
Asunto: GP02-L-2009-000666
Parte Actora: RAFAEL MOLINA ZAMBRANO
Apoderado(s) Actor(es): JESUS PEREZ RAMIREZ
Parte Demandada: FERRO CERÁMICA VALCRO, C.A
Apoderado(s) Demandado(s): CARLOS ARTEAGA
Motivo: ACCIDENTE DE TRABAJO
Visto el escrito de fecha 12 de Mayo de 2009; suscrito por el abogado CARLOS ARTEAGA, en el que solicita se declare la improponibilidad de la demanda como consecuencia de que el actor presentó su pretensión sin acompañar el informe que debe emanar de INSAPSEL como órgano competente legal para determinar el carácter ocupacional del accidente, y la ocurrencia con ocasión de la prestación del servicio.
Al respecto el Tribunal, considera que el actor cumplió con lo extremos formales exigidos en el artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para interponer su pretensión, no siendo dicho informe un requisito de los requeridos en la citada norma adjetiva; pues de exigírsele in limini litis el cumplimiento de dicho extremo no exigido sería violentar este órgano Jurisdiccional el artículo 26 Constitucional, y así se decide.
Consecuencia de lo expuesto, este Tribunal ordena la continuación del presente procedimiento y se fija la celebración de la audiencia preliminar, para la fecha lunes 01 de Junio de 2009, a las 09:00 am.
No ha lugar a la notificación de las partes, por encontrarse a derecho las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica del Trabajo.
EL JUEZ;
Abg. OMAR JOSE MARTINEZ SULBARÀN
LA SECRETARIA;
Abg.- ANMARIELLY HENRIQUEZ
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