REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-004492
La ciudadana FREYIMAR CAROLINA FRIAS PEÑA, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad Nro. 24.340.056, de este domicilio, actuando en su propio nombre, presentó escrito donde solicita la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN de su Padre ya que por error asentaron la cantidad de hijos de su padre como “Tres (03)”, siendo lo correcto “Cuatro (04)”; el nombre de su hermana como “Himari”, siendo lo correcto “Hilmary Desiree”; su nombre como “Carolina”, siendo lo correcto “Freyimar Carolina”; el nombre de su hermana como “Careli”, siendo lo correcto “Karelis Moraima”; y el nombre de su hermana como “María”, siendo lo correcto “Mariangel Frenyiree”, la solicitud se admitió a sustanciación, se acordó resolver sumariamente previa notificación a la Fiscal del Ministerio Publico.
Este tribunal para decidir observa:
ÚNICO: con los recaudos acompañados la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico consignada, ha quedado comprobado el error por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley ACUERDA rectificar EL ACTA DE DEFUNCIÓN del padre de la solicitante FREYIMAR CAROLINA FRIAS PEÑA, antes identificada, ya que por error asentaron la cantidad de hijos de su padre como “Tres (03)”, siendo lo correcto “Cuatro (04)”; el nombre de su hermana como “Himari”, siendo lo correcto “Hilmary Desiree”; su nombre como “Carolina”, siendo lo correcto “Freyimar Carolina”; el nombre de su hermana como “Careli”, siendo lo correcto “Karelis Moraima”; y el nombre de su hermana como “María”, siendo lo correcto “Mariangel Frenyiree”. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CATEDRAL, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en el acta de defunción Nro. 1805, del año 2008. Queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este tribunal, en Barquisimeto a los trece días del mes de mayo de dos mil nueve. Años: 199° y 150°.
El Juez,
Abg. HAROLD RAFAEL PAREDES B. La Secretaria Acc,
Abg. BIANCA M. ESCALONA T.
Publicada en su fecha a las 9:30 a.m.
HRPB/BMET/eglismary.
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