REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2008-004775
Visto el anterior DESISTIMIENTO presentado en fecha 15-05-2009, por el Ciudadano CANDIDO JOSÉ MANZANARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.654.838, en la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Archívese el expediente.
El Juez,
Abg. HAROLD RAFAEL PAREDES B. La Secretaria Acc,
Abg. BIANCA M. ESCALONA T.
HRPB/BMET/m.elena.