REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2007-013481
Vista la solicitud que precede suscrita por el ciudadano HUMBERTO DIMAS CASSIANI FARFAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 13.464.013, de este domicilio, conforme lo cual manifiestan haber construido unas mejoras y bienhechurias sobre un terreno ejido, que mide 19 mts. de frente, por 45 mts. de fondo, que tiene un valor aproximado de TRES MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 3.000,00) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurias; solicitan que se les declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurias antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano HUMBERTO DIMAS CASSIANI FARFAN, antes identificado sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: En el parcelamiento Vista Hermosa, calle El Mirador del sector IV de Chirgua, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Edo. Lara, con los siguientes linderos: NORTE: En 19,00 mts. con ejidos desocupados; SUR: En 19,00 mts. con ejidos desocupados; ESTE: En 45,00 mts. con ejidos desocupados y OESTE: En 45,00 mts. con calle El Mirador que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
EL JUEZ, LA SECRETARIA Acc.,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. SMAILY ASUAJE
HRPB/SA/m. elena.
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