REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2008-015042
Vista la solicitud que precede suscrita por el ciudadano JORGE FELICIANO HERNÁNDEZ, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 5.261.241, de este domicilio, conforme lo cual manifiestan haber construido unas mejoras y bienhechurías sobre un terreno de origen municipal, que mide aproximadamente 150,53 Mts², que tiene un valor aproximado de CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 50.000,00) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicitan que se les declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano JORGE FELICIANO HERNÁNDEZ, antes identificado sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: La Avenida Principal Egmidio Ramos con Calle 5, Santa Eduviges, Parroquia Cabudare, Municipio Palavecino del Estado Lara, con los siguientes linderos: NORTE: En línea de (11,30 mts) con Jorge Hernández; SUR: En línea de (11,00 mts) con Norma Colmenares; ESTE: En línea de (13,50 mts) con Avenida Principal; y OESTE: En línea de (13,50 mts) con Zoraida Hernández. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
HRPB/LAAE/eglismary
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