REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 27 de mayo de dos mil nueve (2009)
Años: 198º y 150º
ASUNTO: KP02-L-2008-001532
PARTE DEMANDANTES: KARINA DEL CARMEN GUTIERREZ GONZALEZ y YUBISAY COROMOTO FERNANDEZ ARAUJO venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nºs. 13.922.594 Y 12.370.772 de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: GREISY LADINO ROMERO debidamente inscrita en el IPSA bajo el Nº 119.441.
PARTE DEMANDADA: FUNDACION SOCIAL DEL ESTADO LARA (FUSEL).
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
En fecha 12 de agosto de 2008, se recibió por ante este Juzgado, escrito de solicitud de cobro de prestaciones sociales interpuesta por la abogada GREISY LADINO ROMERO debidamente inscrita en el IPSA bajo el Nº 119.441, Apoderada judicial de las ciudadanas KARINA DEL CARMEN GUTIERREZ GONZALEZ y YUBISAY COROMOTO FERNANDEZ ARAUJO venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nºs. 13.922.594 Y 12.370.772 de este domicilio. En contra de la FUNDACION SOCIAL DEL ESTADO LARA (FUSEL). Procediendo a su revisión este Tribunal de conformidad con lo previsto en el Artículo 123 y 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la misma fue recibida admitida el 16 de septiembre de 2008.
Es el caso que en fecha QUINCE (15) de ABRIL de 2009, la abogada VANESA GORDILLO debidamente inscrita en el IPSA bajo el Nº 102.219, apoderada judicial de las actoras KARINA DEL CARMEN GUTIERREZ GONZALEZ y YUBISAY COROMOTO FERNANDEZ ARAUJO venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nºs. 13.922.594 Y 12.370.772 de este domicilio..Consignó por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) diligencias constante de un (01) folios útiles en la que expone: En nombre de mis representada DESISTO FORMAL E IRREVOCABLEMENTE A LA ACCION Y PROCEDIMIENTOS incoado en contra de FUNDACION SOCIAL DEL ESTADO LARA (FUSEL) ya que se efectuó el pago extrajudicialmente. En razón del supra mencionado desistimiento y luego de revisadas las actas que conforman el presente asunto este Tribunal luego de verificado como ha sido la voluntariedad de la parte actora de culminar la presente causa por la vía del desistimiento, así lo declara.
DECISION
Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistida la demanda interpuesta por el ciudadanas: KARINA DEL CARMEN GUTIERREZ GONZALEZ y YUBISAY COROMOTO FERNANDEZ ARAUJO venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nºs. 13.922.594 Y 12.370.772 de este domicilio. En contra de la Empresa: FUNDACION SOCIAL DEL ESTADO LARA (FUSEL) Como consecuencia de ello la extinción del proceso.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, En esta misma fecha veintisiete (27) Días del Mes de mayo del año Dos Mil Nueve (2.009). Años 198° de la Independencia y 150° de la Federación
Abg. Nahir Giménez Peraza
Juez Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación
y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara.
La Secretaria
Abg. Nailyn Rodríguez castañeda
Nota: En esta misma fecha se publico la sentencia
La Secretaria
Abg. Nailyn Rodríguez castañeda
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