REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 21 de Mayo de 2009
Años 199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-633
PARTE ACTORA: DARWIN JORDAN VARGAS, titular de la Cédula de Identidad Nro V- 16.898.654.
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN COOPERATIVA INFRAESTRUCTURAS ESCOLARES R.L.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE GUILLERMO OVALLES COMBITA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 77.997.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día de hoy, veintiuno (21) de Mayo de dos mil nueve (2009) siendo las dos y treinta de la tarde (2:30 pm) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció el abogado JOSE GUILLERMO OVALLES COMBITA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 77.997, por la parte demandada ASOCIACIÓN COOPERATIVA INFRAESTRUCTURAS ESCOLARES R.L.., apoderado judicial , quien presenta a efecto videndi instrumento poder original a los fines de que se certifiquen las copias simples cursantes en autos y así se acuerda.. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
La Jueza,
Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
La Secretaria,
Abg. Rosanna Blanco Lairet.-
Parte demandada
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