REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 19 de Mayo de 2009

199º y 150º

Vista la anterior Solicitud, de fecha 13 de Mayo de 2009, presentada por los ciudadanos: VICTOR MANUEL UTRIOLA y NANCY JOSEFINA SOA UTRIOLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 7.208.187 y 9.674.002 respectivamente debidamente asistidos por la abogada en ejercicio: DULCE MARIA MACHADO BLANCO inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 64.479, contentiva de JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS) (Civil). Désele entrada y fórmese expediente, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición contraría de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho. Con relación a los testigos, éstos se declararán en el momento oportuno que la parte así los presenten.
El Juez Titular

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART




El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA


En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el Nº 1381-09.-



El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA






SOL. N° 1381-09
ALA/JPPT/Ariela *