REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 24 de Marzo de 2009
198º y 150º


Vista la anterior Solicitud, de fecha 19 de Marzo de 2009, presentada por los ciudadanos: REYES MARIA SALAZAR, CECILIA SANCHEZ, ORLANDO ANTONIO SANCHEZ, ELSA SANCHEZ Y NERSY VICTORIA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, identificados con las cédulas de identidad personal números V- 2.247.299, 3.844.383, 3.844.381, 4.457.836 y 9.647.341, respectivamente, con domicilios en la jurisdicción del Municipio Diego Ibarra, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio, MIRIAM OVIEDO DE QUERALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.368, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS DE PERPETUA MEMORIA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Désele entrada y fórmese expediente, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición contraría de la ley. SE ADMITE, cuanto ha lugar en derecho. Con relación a los testigos se declararan en el momento oportuno, que el solicitante los presente.
El Juez Titular


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART.



El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el Nº 1330-09


El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA





SOL. Nº 1330-09
ALA/JPPT/yuri