REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA
En horas de Despacho del día de hoy, 07 de Mayo del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las Dos de la tarde (02:00 p.m.), comparece voluntariamente por ante este Tribunal la ciudadana: IRIS COROMOTO RUMBOS RUMBOS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.454.757, de Veinticinco (25) años de edad, de profesión u oficio estudiante, domiciliada en:, Barrio Vista Alegre, Calle Ecuador Casa Nº 10, Mariara estado Carabobo, y expone: “comparezco por ante este Despacho porque el papa de mi niño no me deja ver al niño, en la lopna no llegamos a un acuerdo esto fue hace como tres semanas, con respecto al régimen de visita, y que ya habían mandado el expediente a este Tribunal y que ya estaba homologado, que viniera para el tribunal para llegar a un acuerdo, eso fue lo que me dijeron en la lopna, yo lo que quiero es que el papa de mi niño me deje verlo y que comparta con migo por lo menos los fines de semana, por eso vengo a este Tribunal para que citen al papa JORGE LUIS DURAN HERNANDEZ Titular de la Cedula de Identidad Nº 13.365.491, y puede ser ubicado en: Calle Negro Primero, Casa Nº 28, Barrio Mariscal Sucre, Mariara Estado Carabobo, y llegar a un acuerdo con respecto al régimen de visita eso es todo. Consigno en este acto constancia de estudios, constancia de Residencia, constancia de buena conducta y un acta de la lopna, del año 2006.” en consecuencia, se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud. Désele entrada, fórmese Expediente, asígnesele número y anótese en el Libro respectivo. Por consiguiente, este Tribunal acuerda NOTIFICAR al ciudadano: JORGE LUIS DURAN HERNANDEZ Titular de la Cedula de Identidad Nº 13.365.491, y puede ser ubicado en: Calle Negro Primero, Casa Nº 28, Barrio Mariscal Sucre, Mariara Estado Carabobo, para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos su Notificación a los fines de que exponga lo que a bien tenga, sobre las declaraciones realizadas por la ciudadana: IRIS COROMOTO RUMBOS RUMBOS. El Juez instará a las mismas a la CONCILIACION a las 10:00 de la mañana. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El Tribunal deja constancia de haber recibido de manos de la denunciante constancia de estudios, constancia de Residencia, constancia de buena conducta y un acta de la lopna, del año 2006. y fotocopias de las cedulas de identidad. Es todo, se leyó y conformes firman
EL JUEZ TITULAR
Dr. ÁNGEL LEONARDO ANSART
LA COMPARECIENTE
IRIS COROMOTO RUMBOS RUMBOS
EL SECRETARIO TITULAR
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo a la solicitud Nº. 1367-09, se libró Boleta de notificación, agregándole un ejemplar de la presente Acta y se entregaron recaudos al Alguacil de este Despacho.
EL SECRETARIO TITULAR
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
EXP N° 1367-09
ALA/JPPT/Ariela