A C T A
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2007-00894.
PARTE ACTORA: MIRIAM LOURDES AVILA
APODERADO PARTE ACTORA: LUISA MARQUEZ Y ORLANDO PAREDES
PARTE DEMANDADA: CORPORACION RENMORE C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JULIO HUNG Y MANUEL TOVAR
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 26 de Mayo de 2009, siendo las 11:00 a.m.; día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA CONCILIATORIA, acordada en la presente causa; comparecieron a la misma, los abogados LUISA MARQUEZ UTRERA Y ORLANDO PAREDES, inscrito en el IPSA bajo el N° 61.392 Y 16.741; en su carácter de apoderado judicial de la parte actora MIRIAM LOURDES AVILA; por la parte demandada CORPORACION RENMORE C.A.; los abogados MANUEL TOVAR y JULIO HUNG, , inscritos en el IPSA bajo el N° 16234 y 22.390; en su carácter de apoderado judicial. En este estado el Tribunal actuando de conformidad con el Artículo 6° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece las facultades legales que tiene el Juez como rector del proceso y las cuales le permiten la aplicación de medios alternativos de solución de los conflictos; medios estos consagrados en el Artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela insta a las partes a la conciliación; así las cosas, ambas partes manifiestan al Tribunal haber llegado al siguiente acuerdo para dar cumplimiento a la sentencia definitivamente firme recaída en la presente causa, En este acto la parte demandada ofrece pagar a la reclamante la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES ( Bs. 25.000,00), la cual será pagada el día 15 de junio de 2009, a las 2:00 p.m., por ante la URDD de este Circuito Laboral.- En este estado la parte actora manifiesta su conformidad con la propuesta y la forma de pago ofertada por la demandada.- Este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables de la parte actora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada, y exhorta a la parte demandada a dar cumplimiento cabal al mismo en los términos como lo establecieron. Se expiden cuatro (4) ejemplares de esta acta en un mismo tenor y a un sólo efecto. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
Abg. FARIDY SUAREZ COLMENARES.
Por la Parte Actora Ejecutante,
Por la Parte Demandada Ejecutada,
La Secretaria,
Abg. DAYANA TOVAR.-
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