REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinte de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: GP02-S-2009-000178
Vista la diligencia de fecha 19 de Mayo de 2009, presentada por el abogado en ejercicio MARIO DE SANTOLO, inscrito en el Inpreabogado N.° 88.244, actuando en este acto con el carácter de apoderado judicial de la empresa GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A.., mediante la cual DESISTE del procedimiento de Oferta Real de Pago en beneficio del ciudadano WILFRIDO RAMONES, por lo que solicita se archive el presente expediente. En consecuencia, este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el solicitante, dándole efectos de Cosa Juzgada. Así mismo se ordena Oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones a fin de que deje sin efecto la apertura de la Cuenta de Ahorro y se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo.
El Juez
Abg. JOSE DARIO CASTILLO S
La Secretaria
Abg. AMARILYS MIESES
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