PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 11 de Mayo del año dos mil nueve
199º y 150º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-001734
PARTE ACTORA: CARLOS ANTONIO GARCIA MONTILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: PROAGRO C. A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALCIRA PADRON
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL



En el día hábil de hoy, once (11) de Mayo de 2009, siendo las 10:00 a. m. NO comparece por ante este Tribunal a la Audiencia Preliminar, la parte actora ciudadano CARLOS ANTONIO GARCIA MONTILLA, titular de la cédula de identidad No. 14.070.966, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, SI compareció la abogada ALCIRA PADRON DE FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 22.258, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada PROAGRO, C. A. El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos que las partes establecieron, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada. Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los once (11) días del mes de Mayo del año 2009, Años 199° y 150°.
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS.

LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA,

Abg. AMARILYS MIESES MIESES