REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUIICO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 28 de mayo de 2009

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


EXPEDIENTE N° GP02-L-2008-001967
PARTE DEMANDANTE: ALEXIS JOSE MANZANO MUJICA
PARTE DEMANDADA: BARSANTI EMPRESA DE CONSTRUCCIONES
BENVENUTO BARSANTI, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto que en fecha de hoy 28 de mayo del 2009, comparecieron por una la parte actora el abogado EDISON RODRIGUEZ, I.P.S.A. N°- 30.464 y por la parte demandada el abogado JOSE NIEVES, I.P.S.A. N°- 74.012, y suscribieron diligencia, mediante la cual la parte actora DESISTE del procedimiento y de la acción, la cual consta a los folios 74 y 75 del expediente y la parte demandada representada por su apoderado judicial acepta el desistimiento de la parte demandante. En Consecuencia este Juzgado visto que EL DESISTIMIENTO de la parte solicitante no es contrario a Derecho y no es contrario al orden público, y cumple con los dos requisitos tales como: a) que la manifestación de voluntad conste en forma autentica y b) que sean hechos en forma pura y simple, sin términos, sin condiciones, ni modalidades de ninguna especie por lo que este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley le imparte su homologación a fines de que tenga fuerza de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los 28 días del mes de mayo del año 2009. 199º de la Independencia y 150º de la Federación.

YUDITH SARMIENTO DE FLORES
LA JUEZ
LA SECRETARIA

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 02:20 p.m.-
LA SECRETARIA
GP02-L-2008-001967
YSdF/Eylyn Rodríguez Rugeles-J