REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 23 de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: PP01-S-2009-000608
SOLICITANTE: YOHANNA DANIELA MORILLO PEÑA
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR
DINERO.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
Vista la solicitud formulada por la ciudadana YOHANNA DANIELA MORILLO PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-20.415.097, residenciada en el caserío Monte Claro, Biscucuy, Municipio Sucre, del estado Portuguesa, en su carácter de representante legal como madre de la niña ....................................................., de un (1) año de edad, debidamente asistida por el abogado WILMAR BELLO, inscrito en IPSA N° 133.460, para que este Tribunal emita autorización judicial para gestionar todo lo concerniente a los beneficios y cantidades de dinero que le corresponden a la niña antes referida, en razón de la muerte de su padre el ciudadano: DARWIN OTONIEL VILLLEGAS GONZALEZ, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que la niña antes mencionado tienen la cualidad que se le señala, este Tribunal de Protección del Niño, la Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana YOHANNA DANIELA MORILLO PEÑA, identificada anteriormente, para que gestione todos los beneficios y pagos de las cantidades de dinero que le correspondan a la niña ............................, por diversos conceptos, pero la cuota parte que le corresponde a la niña referida debe ser consignada ante este Tribunal en cheque para ser depositado en una cuenta de ahorros. Se acuerda la apertura de una Cuenta de Ahorros a nombre de la niña ......................................., cuando conste en auto el cheque emitido a nombre de la niña mencionada. Expídanse por Secretaria dos (2) copias certificadas de la decisión y entréguese a la parte interesada.
DIOS Y FEDERACION
La Jueza,
Abg. Haydee Oberto de Colmenares.
El Secretario,
Abg. Alfredo Oropeza Saavedra.
HOC/ajos/lenny.
ASUNTO N° PP01-S-2009-000608