REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 23 de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: PP01-S-2009-000631
Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos Frank Alexis Perdomo Briceño Y Milvia Del Carmen Rodríguez González, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 15.349.306 y 17.260.933 respectivamente, por ante Defensoría Publica Primera para la Protección del Niño, Niña y del adolescente del estado Portuguesa, abogada Verónica Martínez de Jeffers, sobre el establecimiento de la Obligación De Manutención del ciudadano Frank Alexis Perdomo Briceño, en beneficio de su hijo ........................................, de 6 años de edad, por la cantidad de Bs. 250,00 mensuales, y el doble en los meses de agosto y diciembre, asimismo se obliga a cancelar el 50% de los gastos de medicinas, atención medica, consultas especializadas; la cantidad de dinero será entregado el (05) de cada mes, directamente a la madre previo recibo firmado; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abg. Haydee Rosa Oberto Yépez.
La Secretaria,
Abg. Andreina Marrelli
Andreina