| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Juez Unipersonal Nº XIV
 
 Caracas, 16 de Noviembre de 2009
 199º y 150º
 
 ASUNTO: AP51-V-2008-001511
 
 Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto y en especial la diligencia de fecha 30 de Octubre del año en curso, suscrita por el ciudadano FREDDY CASARES, titular de la cédula de identidad N° V- 5.008.645, asistido por el Abogado ORLANDO ANTONIO MACHADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.570, en la cual solicita sea subsanado el error en que se incurrió en la sentencia de fecha 01 de Julio de 2009; en consecuencia, esta Juez Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio del Circuito del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, procede a hacer la aclaratoria, conforme a lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual donde se transcribió en el folio (166) por error los siguientes nombre: (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) debe decir (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Téngase la presente como parte accesoria de la sentencia de fecha 01 de Julio  de 2009. Cúmplase.-
 LA JUEZA
 EL SECRETARIO
 
 ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
 ABG. CARLOS ANDRES FONSECA
 
 
 
 AP51-S-2008-001511
 YLV/CAF/luisilva
 
 
 
 
 
 
 |