REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
199° y 150°


I


Conoce esta Alzada de la Inhibición planteada por el Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS, Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por encontrarse incurso en la causal 17 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el procedimiento de Simulación seguido por los ciudadanos RAMON EMILIO GUERRA BETANCOURT y MANUEL GUERRA BETANCOURT contra los ciudadanos INES EMILIA GUERRA CRESPO y LUIS ZAMBRANO GUERRA.

El 09 de noviembre de 2009 el Juzgado Superior Distribuidor mediante sorteo, asignó a esta Alzada el conocimiento y decisión de la presente incidencia.

Mediante auto dictado el 11 de noviembre de 2009, este Tribunal Superior le dio entrada a la presente incidencia abocándose a su conocimiento, fijando lapso para dictar sentencia.
Cursa en autos acta de Inhibición de fecha 16 de octubre de 2009,
en la cual el Juez expone:

“... Cursa ante este Tribunal, a mi cargo, expediente distinguido con el N° AH13-V-1997-000047 (número antiguo 1997-28485) contentivo de la Acción de Simulación interpuesto por los ciudadanos Inés Emilia Guerra Crespo y Luis Zambrano Guerra. Ahora bien, es preciso señalar que en fecha 11 de agosto de 2008, la abogada Jazmine Flowers Gombos, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 13.165, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Ramón Guerra Betancourt, igualmente parte acora en el juicio de Ejecución de Transacción sigue contra el ciudadano Simón Jiménez Salas, signado con el N° 32.025 de la nomenclatura particular de este Juzgado, interpuso queja por ante la Inspectoría General de Tribunales, por tal motivo el Juez que con tal carácter suscribe la presente acta, a los fines de evitar que tal circunstancia pueda afectar la imparcialidad que caracteriza la envestidura del Juez, procedo en este acto a INHIBIRME de seguir conociendo del presente juicio por considerar estar incurso en la causal décima séptima (17°) del artículo 82 del Código de procedimiento Civil, y así solicito muy respetuosamente lo declare el Juzgado Superior que corresponda…”


II

Al respecto, esta Alzada Observa:

Sobre las Recusaciones e Inhibiciones de los Funcionarios Judiciales nuestra Ley Adjetiva Civil consagra en su artículo 82, ordinal 17°, lo siguiente:
“Por haber intentado contra el Juez queja que se haya admitido, aunque se le haya absuelto, siempre que no hayan pasado doce meses de dictada la determinación final.”


Ahora bien, conforme a la trascripción que antecede, esto es lo esgrimido por el Juez inhibido, quien se fundamenta en la citada norma, considera esta Alzada que la confesión que emana del propio Magistrado, en el sentido de expresar clara e indubitamente su situación de orden subjetivo, respecto de la imparcialidad y el buen ánimo que debe imperar en el fuero interno del Juez a fin de que la decisión que al final del proceso deba proferirse no se encuentre influida por otras consideraciones que no sean las razones objetivas de aplicación e interpretación del Derecho al caso concreto, es la forma correcta en que debe actuar todo Juez.

En tal sentido, para este Órgano Jurisdiccional, el hecho de que el propio Juez haya manifestado su indisposición de seguir conociendo la referida causa contenida en el expediente N° AH13-V-1997-000047 (número antiguo 1997-28485), por cuanto la base de sustentación es que la abogada JAZMINE FLOWERS GOMBOS inscrita en el inpreabogado bajo el N° 13. 165, quien funge como apoderada judicial del ciudadano Ramón Guerra Betancourt parte actora en el juicio antes señalado, interpuso queja ante la Inspectoría de Tribunales, son motivos suficientes para que en aras de una administración de justicia transparente y apegada a las normas del derecho, no influenciada por animadversiones o contratiempos personales, se declare procedente la inhibición propuesta por el Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS, Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con base en el Ordinal 17° del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, produciéndose con ello el efecto previsto en el artículo 84 eiusdem.

III


Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Inhibición planteada por el Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS, Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de Simulación seguido por los ciudadanos RAMON EMILIO GUERRA BETANCOURT y MANUEL GUERRA BETANCOURT contra los ciudadanos INES EMILIA GUERRA CRESPO y LUIS ZAMBRANO GUERRA.

Publíquese, regístrese la presente decisión y en su oportunidad legal remítase al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad Capital, a los dieciocho (18) días del mes de noviembre de dos mil nueve (2009).
EL JUEZ



Dr. ALEXIS JOSÉ CABRERA ESPINOZA

LA SECRETARIA


Abg. ANA MORENO V.


En la misma fecha anterior, previo el anuncio de Ley, se publicó y se registró la anterior decisión siendo nueve y cinco minutos de la mañana (09:05 a.m.).
LA SECRETARIA


Abg. ANA MORENO V.



Exp. N° I-10079
AJCE/AMV/jeanette