REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés (23) de noviembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-004965
PARTE ACTORA: HIRRABEB CABALLERO AYALA
APODERADO PARTE ACTORA: ORLANDO CARABALLO
PARTE DEMANDADA: DESARROLLOS PLAZAS 2914, C.A. (SUSCHIMARKET)
APODERADAS DEMANDADA: ELISA MARTINEZ y MARIA MENDOZA

En el día hábil de hoy veintitrés (23) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada DESARROLLOS PLAZAS 2914, C.A. (SUSCHIMARKET), en las personas de las ciudadanas ELISA MARTINEZ y MARIA MENDOZA, abogadas en ejercicio inscritas en el IPSA bajo los Nos 26.482 y 119.082 respectivamente, apoderadas judiciales de la empresa accionada, carácter el suyo que consta de instrumento poder el cual es consignado en este acto en copias simples de cuatro (4) folios, previa la presentación de su original ad efectum videndi, por una parte, así mismo comparece el ciudadano HIRRABEB CABALLERO AYALA, parte actora, asistido de su apoderado judicial ciudadano ORLANDO CARABALLO, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 43.772, debidamente acreditado en autos; En este estado la parte actora manifiesta desistir en este acto del presente procedimiento de calificación de despido, reservándose el derecho de reclamar por vía ordinaria lo correspondiente a sus prestaciones sociales. Seguidamente, la representación de la empresa accionada manifiestan su aceptación del desistimiento presentado. Es Todo. Vista las anteriores manifestaciones, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad Homologa el desistimiento manifestado por la parte actora y DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.

El Juez

Abg. Juan Carlos Medina

Los Presentes



La secretaria