REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA DE REENVÍO Y CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
SALA ACCIDENTAL SEGUNDA DE REENVIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL PENAL TRANSITORIO DE LA CORTE DE APELACIONES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS CON COMPETENCIA EN VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Caracas, 10 de noviembre de 2009
199° y 150°


Asunto Nº CA- 828-09-VCM
Resolución Judicial Nro. 169-09
PONENTE: Jueza Integrante: RENÉE MOROS TRÓCCOLI

Corresponde a esta Sala Accidental Segunda de Reenvío en lo Penal para el Régimen Procesal Transitorio con Competencia en Violencia Contra la Mujer de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conocer y decidir INHIBICIÓN planteada en fecha 28 de octubre de 2009, por la Jueza del Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medida del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas abogada ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO, en las actuaciones seguidas contra los Directivos de la Organización No Gubernamental CEDICE y el Diario Ultimas Noticias, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal.

En fecha 05 de noviembre de 2009, se recibió cuaderno de inhibición, contentivo de diecisiete (17) folios útiles, procedentes de la Unidad de Recepción y distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal y Sede, (Oficina Distribuidora ASUNTO Nº AJ02-X-2009-000007), se le dio entrada en el Libro de Entrada y Salida de Asuntos Nº 4, llevado por este Despacho y se le asigno el Nº CA-828-09-VCM, y se designó como ponente a la Jueza Integrante RENÉÉ MOROS TROCCOLI.

Corresponde a quien suscribe, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, resolver la inhibición propuesta de conformidad con lo previsto en el artículo 86.7 del Código Orgánico Procesal Penal por la abogada ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO, del Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medida del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas.

Asimismo la ciudadana Jueza anexa copia certificada de la decisión emitida en fecha 06-07-2009, en el presente cuaderno de inhibición.

DE LA ADMISIBILIDAD

Pasa seguidamente esta Alzada a revisar los requisitos de admisibilidad de la inhibición planteada por la abogada ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO Jueza del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medida Segundo del Circuito Judicial Penal de a Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, quien se aparta de conocer las actuaciones de la causa signada VCM-C02-4144-09, (nomenclatura del Tribunal a quo) y por cuanto en ella se expresa el motivo en que se funda, conforme a lo previsto en el artículo 86.7 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, siendo que la misma fue propuesta en la oportunidad legal correspondiente, lo procedente y ajustado en Derecho es declarar ADMISIBLE la mencionada inhibición, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Accidental Segunda de Reenvío en lo Penal para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: ADMISIBLE de conformidad con el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, la inhibición presentada por la Jueza La jueza ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO, conforme a lo previsto en el articulo 86, numerales 7 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa número el N° VCM-C02-4144-09 (nomenclatura del Tribunal Segundo de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Área Metropolitana de Caracas) seguida contra el directorio del Diario Últimas Noticias y contra los Directivos de la Organización No Gubernamental CEDICE.
Regístrese, déjese copia y notifíquese la presente decisión.
LA JUEZA PRESIDENTA,

DRA. NANCY ARAGOZA ARAGOZA


LAS JUECES INTEGRANTES,


DRA. RENEE MOROS TROCCOLI DRA. TERESA GIMEMEZ
Ponente

LA SECRETARIA,

AUDREY DIAZ SALAS

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

AUDREY DIAZ SALAS
NAA/RMT/TG/AD/sol.
Asunto N°. CA-828-09-VCM



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
SALA ACCIDENTAL SEGUNDA DE REENVIO EN LO PENAL PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
CON COMPETENCIA EN VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

Caracas, 10 de noviembre de 2009
198° y 150°

Oficio N°

Ciudadana:
ROSA MARIA MARGIOTTA GOYO
Jueza del Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medida del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas

Presente.-


Tengo a bien dirigirme a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, constante de cinco (5) folios útiles, copia debidamente certificada de la decisión dictada por esta Sala, en esta misma fecha, con motivo de la inhibición propuesta en la causa N° CA-797-09-VCM (signatura nuestra), contentivo de la apelación intentada por el ciudadano por el ciudadano Elisaul Carrero Castro, titular de la cédula de identidad número 3.940.872, en su condición de accionante, contra actuaciones realizadas por el Juzgado Quinto (5°) de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control Audiencia y Medias de este Circuito Judicial Penal y sede, en el asunto N° APO1-P-2007-068064.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-

LA JUEZ PRESIDENTE
Dra. NANCY ARAGOZA ARAGOZA

NAA/dy
Exp. Nº: CA-828-09-VCM
ANEXO: lo indicado