REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 26 de noviembre de 2009
199° y 150°

Vista el escrito presentado en fecha veinticinco (25) de noviembre de 2009, por los abogados José Salcedo Vivas y Joely Torres Colmenares, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Edgar Atilio Arellano Nuñez, en el que solicitan medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo de efectos particulares, contenido en el Acta N° 006-08-A, de fecha 14 de febrero de 2008, emitida por el Consejo Disciplinario de la Escuela de Formación de Oficiales de la Guardia Nacional Bolivariana (EFOCAC), este Tribunal acuerda abrir un cuaderno separado a los fines de la tramitación de la medida solicitada y su remisión a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo a los fines de que dicte la decisión correspondiente.
La Juez de Sustanciación,


Belén Serpa Blandín
El Secretario Accidental,


Jhotemberg Blanco Matheus


BSB/JBM/jab/rab
Exp. N° AP42-N-2009-000013