REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
 
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
 
Caracas, 26 de noviembre de 2009 
 
199° y 150°
 
 
Vista el escrito presentado en fecha veinticinco (25) de noviembre de 2009, por los abogados José Salcedo Vivas y Joely Torres Colmenares, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Edgar Atilio Arellano Nuñez,  en el que solicitan  medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo de efectos particulares, contenido en el Acta N° 006-08-A, de fecha 14 de febrero de 2008, emitida por el Consejo Disciplinario de la Escuela de Formación de Oficiales de la  Guardia Nacional Bolivariana (EFOCAC), este Tribunal acuerda abrir un cuaderno separado a los fines de la tramitación de la medida solicitada y su remisión a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo a los fines de que dicte la decisión correspondiente.
 
La Juez de Sustanciación,
 
 
 
Belén Serpa Blandín
 
El Secretario Accidental,
 
 
 
Jhotemberg Blanco Matheus
 
 
 
BSB/JBM/jab/rab
 
Exp. N° AP42-N-2009-000013  
 
 
 
 
 
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