REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE JUICIO NO. 2
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 9 de Noviembre de 2009
Años: 199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-005723
Vista comunicación remitida por la Dirección del Internado Judicial de Barinas, solicitando traslado a petición de la imputada PINO DAY RUTH, para el Internado Judicial de Trujillo, este tribunal observa que la misma se encuentra en fase de Juicio, cuya audiencia está fijada para el día 7/12/09, por lo que ante la proximidad de la realización del Juicio oral y público resulta IMPROCEDENTE el petitum de la acusada, pues a mayor distancia entre esta Jurisdicción y el Centro de Reclusión, existen mayores probabilidades de obstáculos en el traslado, siendo así que ante esta circunstancia se considera pertinente mantener a la acusada en el Internado Judicial de Barinas Y SE ACUERDA OFICIAR a ese Centro Penitenciario a los fines de que sea TRASLADADA en la oportunidad fijada a juicio. Notifíquese la presente decisión. Registres, publíquese y notifíquese. Cúmplase.
La Jueza de Juicio No. 2
Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez
El Secretario
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
El Secretario
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