REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : KP02-F-2008-001064
Visto el convenimiento efectuado por la parte demandada ciudadana MARIA PETRA BRICEÑO DE PABON, en fecha 16/09/2009, en el presente juicio de Reconocimiento de Filiación Materna, intentado por ROSMELY MARIA BRICEÑO, sin cédula de identidad; y constando en autos la opinión favorable de la Vindicta Pública; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo pautado en los Artículos 217 y 232 del Código Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, para que proceda a insertar el presente auto homologatorio en el Libro de Nacimientos del corriente año, de tal manera que haga las veces de Acta de Nacimiento de la ciudadana ROSMELY MARIA BRICEÑO, nacida en fecha 24 de abril del año 1984, en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, hija de MARIA PETRA BRICEÑO DE PABON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 4.473.610.-
El Juez
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,
Abg. Roger José Adán Cordero
OERL/luzmcs
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