Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego la Circunscripción Judicial de estado Carabobo


SOLICITANTE (S): HERNAN COROMOTO CASTELLANO MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.: 4.199.010 y de este domicilio.
ABOGADO: JESSICA GABRIELA RADICS FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 139.318 y de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION UNICA Y UNIVERSALES HEREDEROS
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE N° 3465.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 27 de Octubre de dos mil nueve, por el ciudadano HERNAN COROMOTO CASTELLANO MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.: 4.199.010, en su condición de cónyuge, y en representación de sus hijos HERNAN JOSE CASTELLANO JIMENEZ y MANUEL ALEJANDRO CASTELLANO JIMENEZ, y de este domicilio, asistido por la Abogada JESSICA GABRIELA RADICS FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.: 139.318, donde solicita sean declarados como “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del De-cujus, ciudadana ZORAIDA JOSEFINA JIMENEZ DE CASTELLANO, fallecida Ab-intestato el día 25 de Febrero de 2009, en el Municipio San Diego del estado Carabobo.

El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidos por el solicitante y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, y previa publicación de un Edicto en un diario de mayor circulación Nacional, con las inserciones correspondientes a la solicitud requerida, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos HERNAN COROMOTO CASTELLANO MORILLO, HERNAN JOSE CASTELLANO JIMENEZ y MANUEL ALEJANDRO CASTELLANO JIMENEZ, el primero en su condición de cónyuge, y los demás en su condición de hijos, titulares de las cédulas de identidad Nos.: 4.199.010, 16.581.489 y 17.284.850 respectivamente, y de este domicilio, como “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de la difunta, ciudadana ZORAIDA JOSEFINA JIMENEZ DE CASTELLANO, fallecida Ab-intestato el día 25 de Febrero de 2009, en el Municipio San Diego del estado Carabobo, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el N° 38, Tomo I, Año 2009, en los Libros de Registro Civil del Municipio San Diego del estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los veintitrés (23) días del mes de Noviembre del año dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez suplente Especial


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ


La Secretaria Accidental,


ABG. KAREN VIZAMORA BASTIDAS

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:15 de la mañana.-
La Secretaria Accidental,


JGRG/gph.-
Sol.: 3465.-