REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA
En horas de Despacho del día de hoy, 11 de Noviembre de 2009, siendo las Dos (02:00 a.m.) de la Tarde, comparece voluntariamente por ante este Tribunal la ciudadana: MORAIMA JAQUELIN MONTEVERDE DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.865.266, de veintiséis años (26) años de edad, de profesión u oficio: del Hogar, domiciliada en: Barrio Humberto Celli, Calle Las Delicias, Casa Nº 44, Mariara, estado Carabobo, teléfono: 0424-3055141, y expone: “Comparezco ante este Tribunal, porque el padre de mis hijos el ciudadano: EMILIO ANTONIO CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº. 16.764.861, no me ayuda con los gastos de los niños, desde hace ocho (8) años que nos separamos niño, ni para los gastos de la escuela, ropa, calzado, útiles escolares, medicinas, ni gastos médicos, ni uniformes, siete días antes de que terminara el mes de septiembre yo le di la constancia de estudio de omite, estudia segundo grado y de omite, estudia sexto grado, porque el ultimo de septiembre le depositaban en el trabajo el bono de útiles, a el le dan doscientos setenta y cinco bolívares por cada niño, y el me dijo que me iba a dar cien y cien porque a el le daba la gana, igual hace con los juguetes en Diciembre, les compra lo que el quiere no lo que los niños quiere, para así poder comprarle al hijastro que tiene. El trabaja en CAVIN en la Avenida Bolívar Oeste, Maracay estado Aragua y vive en Vista Alegre, Calle Brasil cruce con Carabobo Nº 3, Mariara, estado Carabobo. Yo fui a la LOPNA , lo citaron pero no llegamos a ningún acuerdo, porque el me dijo que solo me podía dar veinte bolívares por cada niño. Lo único que quiero es que este Tribunal, me ayude para que cumpla con las obligaciones que tiene con mis hijos. Consigno ante este Tribunal Copia Fotostática del Acta levantada en la Lopna, partida de nacimiento de los Niños, copia de mí cédula de identidad. En consecuencia, vista y oída la manifestación hecha por la ciudadana MORAIMA JAQUELIN MONTEVERDE DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.865.266. Se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN. Désele entrada, fórmese Expediente, asígnesele número y anótese en el Libro respectivo. Por consiguiente, este Tribunal acuerda CITAR al ciudadano: EMILIO ANTONIO CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº. 16.764.861, domiciliado en: Vista Alegre, Calle Brasil cruce con Carabobo Nº 3, Mariara, estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos su Citación a los fines de dar CONTESTACION a la presente Demanda, en las horas fijadas en la Tablilla de este Tribunal para Despachar, es decir de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., ubicado en: Sector El Carmen, Calle Ayacucho, Nº 8, frente a la plaza Bolívar, Mariara, estado Carabobo, indicándole a las partes que el día de la comparecencia del Demandado, el Juez instará a las mismas a la CONCILIACION a las 2:00 de la tarde, de conformidad con lo previsto en el Artículo 516 Ejusdem, en concordancia con el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, de no llegar las partes a algún acuerdo, se continuará con el Procedimiento Especial contemplado en el Título IV, Capitulo VI, Artículo 511 de la Mencionada Ley. Notifíquese a la ciudadana FISCAL SUPERIOR del Ministerio Público del estado Carabobo, y a los ciudadanos CONSEJEROS DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA MARIARA ESTADO CARABOBO, a este ultimo para que asuma la representación de los niños demandantes en la presente causa, agregándoles un ejemplar de la presente Acta, a los fines de que tengan conocimiento del presente Juicio. Haciéndoseles saber, que el lapso para la celebración del ACTO CONCILIATORIO Y CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, comenzará a computarse a partir del momento que conste en autos la manifestación del Alguacil de este Tribunal, de haber consignado, bien en las Oficinas del Ministerio Público, o bien en la Oficina del Instituto Postal Telegráfico (IPOSTEL), los Oficios de Notificación y de haberse realizado efectivamente la Citación del demandado. El Tribunal deja constancia que recibe de manos de la Compareciente, Copia Fotostática del Acta levantada en la Lopna, partida de nacimiento de los Niños y copia de la cedula de identidad. Líbrese Boleta de Citación y Oficios. Abrace el correspondiente cuaderno de medidas
El Juez Titular,
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART,
La Compareciente
MORAIMA J, MONTEVERDE D.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº 848-09. Se libró Boleta de Citación, y se libraron Oficios Nº. 22-107-44-1356-09, al Fiscal Superior del Ministerio Público, Nº 22-107-44-1357-09 a los Consejeros De Protección De Niños Niñas Y Adolescentes Del Municipio Diego Ibarra Mariara estado, agregándoles un ejemplar de la presente Acta y se entregaron recaudos al Alguacil de este Despacho en su oportunidad. Se abrió el correspondiente cuaderno de medidas
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA,
El Alguacil
EXP. Nº 857-09
ALA/JTTP/Gladys