REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA
En horas de Despacho del día de hoy, 04 de Noviembre de 2009, siendo las Dos y Treinta minutos (02:30 p.m.) de la tarde, comparece voluntariamente por ante este Tribunal la ciudadana: NAILET MARBELLA VILLEGAS OLIVO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.133.496, de Treinta y Tres (33) años de edad, de profesión u oficio: Registradora Civil, domiciliada en: Calle Los Rosales, Nº 27, Sector Mariscal Sucre, Mariara estado Carabobo, teléfonos: 0412-0432711 y expone:” Yo tengo dos (2) años separada de mi esposo ciudadano: ANGEL ANTONIO LEON GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.687.920, domiciliado, Calle Simón Rodríguez, Nº 56, Sector Mariscal Sucre, Mariara, estado Carabobo, es el padre de mi hijo, omite, nos separamos porque el un día me dijo que me iba a matar, por una equivocación de él, lo denuncie en la casa de la Mujer, estuve allí en tres oportunidades, porque él me seguía amenazando y como le dijeron que podía ir preso por todas las amenazas que me hacia, el se fue de la casa, durante los dos años que el estuvo fuera de la casa, el le hacia mercado al niño todos los meses, y a principios de este año el empezó a decirme que quería volver conmigo porque le hacia falta su familia en su casa, yo le dije que me daba miedo volver con el por lo que el me había echo que si el estaba solo si no tenia ninguna pareja podíamos intentarlo, el me juro que no tenia a nadie, porque me adoraba y yo le creí, y un día fui yo a la casa de la mamá de el bien tempranito, y me extraño que la casa estaba abierta y yo me metí para la casa y cuando entre al cuarto de el estaba una mujer allí, lo llame y le pregunte quien era esa mujer y me dijo que yo estaba loca, que estaba enferma y que estaba viendo fantasmas, ese mismo día lo fui a buscar al trabajo y lo lleve hasta la casa de él, y me dijo que esa mujer estaba hay pero que era una loca, que el no quería nada con ella que lo perdonara, y yo lo perdone, y a las dos semanas ella apareció y dijo que estaba embarazada y el empezó a responsabilizarme a mi de esa barriga, que yo tenia la culpa y que se tenia que ir con ella porque estaba embarazada y que no la podía dejar así que prefería criarle los hijos a ella y no al nuestro, me amenazo y ella también me mandaba mensajes, me llamaba y me amenazaba, y desde que el esta con ella se olvido que tenia un hijo, y cuando yo le mando un mensaje, el o la mujer me insultan y me amenaza que me va a destrozar el carro, y ahora le a dado por tomarme fotos cada vez que me ve hablando con alguien, yo lo que quiero es que le retengan lo que le corresponde a mi hijo y que el cumpla con la Obligación de Alimentación y con los gastos del niño, el trabaja en el Mercal de la Haciendita, aquí en Mariara. Consigno expediente de la LOPNA, fotocopia de mi cedula de Identidad y del papá del niño. En consecuencia, vista y oída la manifestación hecha por la ciudadana: NAILET MARBELLA VILLEGAS OLIVO, venezolana,
mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.133.496, se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN. Désele entrada, fórmese Expediente, asígnesele número y anótese en el Libro respectivo. Por consiguiente, este Tribunal acuerda CITAR al ciudadano: ANGEL ANTONIO LEON GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.687.920, domiciliado, Calle Simón Rodríguez, Nº 56, Sector Mariscal Sucre, Mariara, estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos su Citación a los fines de dar CONTESTACION a la presente Demanda, en las horas fijadas en la Tablilla de este Tribunal para Despachar, es decir de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., ubicado en: Sector El Carmen, Calle Ayacucho, Nº 8, frente a la plaza Bolívar, Mariara, estado Carabobo, indicándole a las partes que el día de la comparecencia del Demandado, el Juez instará a las mismas a la CONCILIACION a las 02:00 p.m. de la tarde, de conformidad con lo previsto en el Artículo 516 Ejusdem, en concordancia con el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, de no llegar las partes a algún acuerdo, se continuará con el Procedimiento Especial contemplado en el Título IV, Capitulo VI, Artículo 511 de la Mencionada Ley. Notifíquese a la ciudadana FISCAL SUPERIOR del Ministerio Público del estado Carabobo, y a los ciudadanos CONSEJEROS DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA MARIARA ESTADO CARABOBO, agregándoles un ejemplar de la presente Acta, a los fines de que tengan conocimiento del presente Juicio. Haciéndoseles saber, que el lapso para la celebración del ACTO CONCILIATORIO Y CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, comenzará a computarse a partir del momento que conste en autos la manifestación del Alguacil de este Tribunal, de haber consignado, bien en las Oficinas del Ministerio Público, o bien en la Oficina del Instituto Postal Telegráfico (IPOSTEL), los Oficios de Notificación y de haberse realizado efectivamente la Citación del demandado. El Tribunal deja constancia que recibe de manos de la Compareciente, consignó expediente de la LOPNA, fotocopia des u cedula de Identidad y del papá del niño. Líbrese Boleta de citación y oficios. Abrace el correspondiente cuaderno de medidas.
El Juez Titular,
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
La Compareciente
JANETH ELIZABETH CASTILLO GADEA
El Secretario titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº 855-09. Se libró Boleta de Citación, y se libraron Oficios Nº. 22-107-44-1311-09, al Fiscal Superior del Ministerio Público, Nº 22-107-44-1312-09 a los Consejeros De Protección De Niños Niñas Y Adolescentes Del Municipio Diego Ibarra Mariara estado, Carabobo. Agregándoles un ejemplar de la presente Acta y se entregaron recaudos al Alguacil de este Despacho en su oportunidad. Se abrió cuaderno separado de medidas.
El Secretario titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
Alguacil
EXP. Nº 855-09
ALA/JTTP/Gladys