REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 23 de Noviembre de 2009
199º y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-001272.
PARTE ACTORA: JOSÉ DEL CARMEN CHACIN CORDERO.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOENNY SÚAREZ.
PARTE DEMANDADA: FANACA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: APOLINAR NUÑEZ.
MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL.

Hoy, 23 DE NOVIEMBRE DE 2009, SIENDO LAS 10:00 AM., aprovecho día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: JOSÉ DEL CARMEN CHACIN CORDERO, titular de la cédula de identidad No.7.132.511, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia igualmente de la presencia por la empresa demandada FANACA, C.A., mediante su Apoderado Judicial Abogado APOLINAR NUÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 110.806. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 199 ° y 150 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA

La parte Compareciente.


EL SECRETARIO
ABG. ____________________