REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 06 de Noviembre de dos mil nueve.
199º y 150º
ASUNTO : GP02-L-2009-001838.
PARTE ACTORA: JOSE MANUEL ESCALONA GUEDEZ.
PARTE DEMANDADA: ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD INVICTA C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Vista la diligencia de fecha 28 de Octubre de 2009, (folio 16), suscrita por el demandante JOSE ESCALONA, titular de la cédula de identidad N° 8.513.776, debidamente asistido por la abogado MILAGRO CHACEZ, inscrita en el IPSA bajo el No. 35.203, mediante la cual manifiesta que DESISTE del presente procedimiento y de la acción por cobro de prestaciones sociales incoado contra la ORGANIZACIÓN DE SEGURIDAD INVICTA C.A.; este Tribunal, una vez revisado el desistimiento formulado acuerda otorgarle la respectiva HOMOLOGACIÓN, por considerar que se encuentra ajustado a derecho, que no vulnera los derechos del trabajador, ni normas de orden publico, teniéndose dicho desistimiento con EFECTOS DE COSA JUZGADA; y en consecuencia concluido el proceso.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.
LA JUEZ,
ABG. FARIDY SUAREZ COLMENARES.
LA SECRETARIA,
ABG. DAYANA TOVAR..
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