PODER JUDICIAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02


EXPEDIENTE No. PP01-V-2009-000123

SOLICITANTE: Fiscal Cuarto del Ministerio Público con Competencia en Materia de Protección del Niño, del Adolescente y la Familia de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
MOTIVO: Rectificación de Partida de Nacimiento

SENTENCIA: Definitiva


Se inició el presente procedimiento de rectificación de partida de nacimiento, mediante solicitud presentada por la Abogada Shyara Esparragoza, en su carácter de Fiscal Cuarta del Ministerio Público con Competencia en Materia de Protección del Niño, Niña del Adolescente y la Familia de esta Circunscripción Judicial, actuando en defensa de los intereses del niño ............................... Admitida la solicitud se acordó el emplazamiento mediante cartel a todas aquellas personas que tuvieran interés en la rectificación de la partida de nacimiento solicitada, para que comparecieran dentro de los diez días siguientes a la consignación del cartel. Publicado y consignado el cartel, no compareció persona alguna. Dentro del lapso probatorio la solicitante promovió pruebas. Estando dentro de la oportunidad para dictar sentencia, el Tribunal lo hace previo las siguientes consideraciones:

Manifiesta la solicitante, que en el acta de nacimiento que reposa en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Coordinación Municipal de Registro Civil del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa, bajo el N° 402, durante el año 2001, así como el ejemplar que reposa en el Registro Principal del mismo Estado, presenta un (01) error consistente en la transcripción errónea del nombre de la madre ya que escribió “Karla de los Santos”, cuando el nombre correcto de la madre es “María de los Santos”, que por tales razones solicita la rectificación de las referidas partidas de nacimiento. El Tribunal para decidir observa:

Para probar lo alegado en la solicitud, la solicitante acompañó copia certificada de la partida de nacimiento del niño, expedida por la Oficina de Registro Civil de Chabasquen Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa y por el Registro Principal del mismo Estado, en la cual se evidencian el error alegado. Asimismo acompañó copia fotostática de la Cédula de Identidad y partida de nacimiento de la madre expedida por el Registro Civil del Municipio Guanare estado Portuguesa, en las cuales se aprecia que su nombre es “María de los Santos”. Por tal razón la rectificación solicitada es procedente. Y Así Se Declara.

DISPOSITIVA

Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que motivó este procedimiento. En consecuencia se declara que debe asentarse en la partida de nacimiento que se encuentra en los Libros de Registro de Nacimiento llevados por la Coordinación Municipal de Registro Civil del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa, bajo el N° 402, durante el año 2001, asimismo en el ejemplar que reposa por ante el Registro Principal del estado Portuguesa, que el nombre de la madre de el niño en cuestión, es “MARIA DE LOS SANTOS” y no “KARLA DE LOS SANTOS”.

A los fines del artículo 502 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítase copia Certificada de esta decisión a la Oficina de Registro Civil de Chabasquen del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa y al Registro Principal del mismo Estado.

Publíquese y regístrese.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Guanare, al SEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Años 199º y 150º.

La Jueza,

Abog. Pastora Peña Garcías


La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.

En esta misma fecha se publico. Conste. La Stria.
PPG/EMJVAmny M.-