REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 21 de OCTUBRE de 2.009.-
199° y 150°
Por recibido Oficio N° 2.941 de fecha 08/10/2.009, anexo Expediente N° 22871, contentivo de CUARENTA Y DOS (42) folios útiles emanado del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maturín del Estado Monagas, en relación al caso de las Adolescentes: (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), venezolanas, de 14 y 12 años de edad respectivamente, admítase, désele entrada, anótese, numérese y fórmese expediente. En consecuencia este Tribunal, acuerda como medida de protección la COLOCACION EN LA ENTIDAD DE ATENCION “LYA IMBER DE CORONIL” de las prenombradas adolescentes, por cuanto no se ha logrado su incorporación a su familia de origen y/o en familia sustituta. Asimismo para que TRASLADEN a la Adolescentes, para ser OÍDAS de conformidad con el artículo 80 de la LOPNNA. Se acuerda practicar INFORME INTEGRAL, en a los ciudadanos progenitores: JULIO OLIVAR y EMPERATRIZ SANCHEZ DE OLIVAR, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. 2.689.362 y 4.020.360, domiciliados en: RESIDENCIAS LOS PAJAROS EDIFICIO 02, APARTAMENTO 01-F, AV. UNIVERSIDAD LOS GUARITOS, MATURIN ESTADO MONAGAS, designándose a la Coordinador del Equipo Multidisciplinario de este Tribunal. Asimismo se acuerda librar BOLETA DE COMPARECENCIA a los ciudadanos arriba identificada. Se acuerda la CORRECION DE LA FOLIATURA del presente expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, quedando de esta manera salvadas las tachaduras. Líbrese oficio, Boleta notificación a la Fiscal Octavo del Ministerio Público y Notificación a la Coordinación del Equipo Multidisciplinario de este Tribunal. Cúmplase.-
LA JUEZ PROFESIONAL PRIMERA,

ABG. MARIA NATIVIDAD OLIVIER V.
LA SECRETARIA,

ABG. MARIA F. TEPEDINO


EXP. N° 22871(Colocación en Entidad de Atención), Interlocutoria