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 ACTA
 
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-000813
 PARTE ACTORA: ANELYZ GABRIELA RODRIGUEZ GUEDEZ
 PARTE DEMANDADA: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
 REPRESENTANTE DE LA REPÚBLICA: YARIANA MARQUEZ LEAL
 MOTIVO: Calificación de Despido
 
 Hoy, 23 de octubre de 2009, siendo las 2:00 p.m, día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar,  comparece ante este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas,  la abogada en ejercicio YARIANA MARQUEZ LEAL, IPSA Nro. 123.541, en su carácter de apoderada; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar,  por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.   PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
 
 
 
 La Jueza
 
 La Secretaria
 Abog. Olga Romero
 Abog. Lorena Guilarte
 
 Apoderada de la demandada
 
 
 
 
 
 
 
 
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