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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
 Caracas,  22 de Octubre de 2009
 199º y 150°
 
 ASUNTO: AP51-S-2009-016286
 Vista la Solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por el ciudadano  OSWALDO JOSE ARENAS SOJO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.952.451, debidamente asistido por la Defensora Publica Décimo Tercera ciudadana YAMILET MENDOZA, actuando en su carácter de hermano del adolescente y del niño (…) de diecisiete (17); y diez (10) años de edad respectivamente; promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley; este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 11, del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declara las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos de la De Cujus DIONNY MARY JOSEFINA SOJO ACOSTA, quien era titular de la cédula de identidad Nro. V-5.542.910, a sus hijos (…); (…); OSWALDO JOSE ARENAS SOJO Y NAILYT ALEJANDRA, diecisiete (17);  diez (10) años de edad; de veintiséis (26); y treinta y un (31); años de edad respectivamente; Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren necesarias, una vez la parte solicitante consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
 LA JUEZ,
 LA SECRETARIA
 Abg. DANIA RAMIEZ CONTRERAS
 Abg. LENNY CARRASCO
 DRC/AO/Sonia Samalvides.-
 
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