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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 
 CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
 Juez Unipersonal. Sala de Juicio N° 12
 Caracas, 14 de octubre del año dos mil nueve (2009)
 199º y 150º
 ASUNTO: AP51-S-2009-015980
 
 Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente la copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio 11 del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos ASTRID ANAIS GONCALVES MUÑOZ y CINTHYA CAROLINA HERRERA ITRIAGO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.268.906 y V- 16.460.461, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al ciudadano CARLOS ALBERTO PEREIRA DE GOUVEIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.231.224 y a la niña, de un (01) año de edad, en su carácter de cónyuge e hija de la De Cujus RAQUEL DE JESUS FERREIRA, quien en vida era Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.636.158, quien falleció en fecha veintiuno (21) de Mayo del año 2009; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.
 Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por Secretaría. Cúmplase con lo ordenado.
 LA JUEZ,
 
 DRA. SARA GUARDIA SOTO.
 LA SECRETARIA,
 
 ABG. ADRIANA MIRELES
 SGS//AM
 
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