REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 19 de octubre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP41-U-2009-000290.- INTERLOCUTORIA N° 108.-
Visto el Escrito de Promoción de Prueba presentado en fecha siete (07) de Octubre de 2009, por la ciudadana Maribel Josefina Castillo Hernández, titular de la Cédula de Identidad N° 10.819.223 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 59.533, actuando en su carácter de apoderada judicial del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES); por cuanto dicha prueba en su contenido no es manifiestamente ilegal ni impertinente en los términos abajo expuestos, el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La evacuación de la prueba promovida se realizará de la siguiente manera:
1.- MERITO FAVORABLE DE LOS AUTOS: Se reproduce el mérito favorable de los autos y muy especialmente el señalado en el segundo y tercer párrafo del Escrito de Promoción de Prueba.-
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Sánchez Aullón.- El Secretario,
Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.-
ASUNTO: AP41-U-2009-000290.-
JSA/dpc.-