Exp. Nº 9659
Solicitud/Acción Reivindicatoria
Resuelta / Materia: Civil. “D”
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
I
En el juicio por pretensión Reivindicatoria, incoado por Inversiones Martínez Palazuelos, C.A., sociedad mercantil de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 02.08.1995, bajo el Nº 40, Tomo 232-A Pro., en contra del ciudadano Ismael Enrique Jiménez Velásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 6.201.569, el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante decisión de fecha 01.12.2004, declaró sin lugar la demanda incoada; decisión recurrida por ante el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que en fecha 12.08.2005 declaró con lugar la demanda de reivindicación; decisión contra la cual fue incoado recurso extraordinario de revisión por ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que en fecha 28.04.2009, declaró ha lugar la revisión presentada por el ciudadano Ismael Jiménez Velásquez en consecuencia, nula y sin efecto alguno la mencionada decisión, ordenando al juzgado superior que le corresponda, dictar nueva sentencia de acuerdo a los parámetros expuestos.
Recibida copias certificadas expedidas por la Secretaría de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por el sistema de distribución, se dio cuenta al Juez que con tal carácter suscribe la presente decisión en base a lo alegado y determinado a los autos.
Ahora bien, examinadas las copias certificadas expedidas por la Secretaría de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha ocho (8) de junio de 2009, de la totalidad de los autos que conforman el cuaderno principal del expediente No. AA50-T-2008-000642, contentivo de la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Nicolás Jiménez Velásquez apoderado judicial de los ciudadanos Mireya Cortel e Ismael Jiménez Velásquez, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 12 de agosto de 2005, distribuidas por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a este Juzgado Superior y recibidas el 14 de agosto de 2009, se le dio entrada por auto del 23 de septiembre de 2009, asignándosele el número de causa 9649. De igual forma, examinada la diligencia y escrito de fechas 28 y 30 de septiembre de 2009, por las cuales el abogado Nicolás Jiménez Velásquez, solicita a este tribunal darle tramite y providencia a las mencionadas copias certificadas, al respecto el tribunal observa:
Del contenido de las copias certificadas se evidencia que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 28 de abril de 2009, declaró HA LUGAR la solicitud de revisión de la sentencia del 12 de agosto de 2005, dictada por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, anulando y dejando sin efecto alguno la mencionada decisión derivada de la apelación en contra de la sentencia del 1º de diciembre de 2004 producida en el juicio de reivindicación seguido por Inversiones Martínez Palazuelos, C.A., contra el ciudadano Ismael Enrique Jiménez Velásquez, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial. En la misma decisión se ordenó al Juzgado Superior que le corresponda, dictar nueva sentencia de acuerdo a los parámetros expuestos por la Sala Constitucional.
II
Ahora bien, visto que las copias certificadas fueron distribuidas sin la orden expresa de la Sala Constitucional o sin el expediente contentivo de la acción de reivindicación intentada por la sociedad mercantil Inversiones Martínez Palazuelos, C.A., contra el ciudadano Ismael Enrique Jiménez Velásquez, atribuirse el conocimiento del referido juicio, atentaría en contra de la distribución de la competencia y del principio constitucional del juez natural, toda vez, que dicho legajo de copias certificadas, fueron consignadas ante el Tribunal Distribuidor sin el debido tramite administrativo pertinente, lo que obliga a este Tribunal, en resguardo de una tutela judicial efectiva, ordenar la remisión inmediata del presente expediente signado con el número 9649, al tribunal de la causa, Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que sea éste el ejecutor de la decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, contenida en este expediente y de forma inmediata ordene la remisión del expediente contentivo de la causa, seguida por la sociedad mercantil Inversiones Martínez Palazuelos, C.A., contra el ciudadano Ismael Enrique Jiménez Velásquez, a que hace referencia los presentes autos, al Tribunal Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que se ejecute la decisión sin mas dilación y sea asignada por esa vía el revisor del recurso de apelación interpuesto en contra de la decisión del 1º de diciembre de 2004 dictada por ese tribunal.
DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Improcedente la solicitud del abogado Nicolás Jiménez Velásquez, efectuadas por diligencia y escrito de fechas 28 y 30 de septiembre de 2009, por las cuales pretendió que este tribunal le diera tramite y providencias a la decisión del 28.04.2009 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, contenida en las mencionadas copias certificadas.
SEGUNDO: Resuelta la solicitud presentada por el abogado Nicolás Jiménez Velásquez, mediante las copias certificadas expedidas por la Secretaría de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha ocho (8) de junio de 2009, de la totalidad de los autos que conforman el cuaderno principal del expediente No. AA50-T-2008-000642.
Se ordena dejar copia certificada de la presente decisión en el copiador de decisiones y remitir mediante oficio al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial el presente expediente. De igual forma se ordena oficiar a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia sobre lo aquí decidido y la orden contenida en esta providencia.
Regístrese, publíquese, déjese copia y devuélvase en su oportunidad legal al juzgado de la causa.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de octubre del año dos mil nueve (2009). Años 199 ° de la Independencia y 150° de la Federación.
EL JUEZ,
EDER JESÚS SOLARTE MOLINA.
LA SECRETARIA,
Abg. ENEIDA J. TORREALBA C.
Exp. Nº 9659
Solicitud/Acción Reivindicatoria
Resuelta / Materia: Civil. “D”
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las tres y treinta minutos post meridiem (3:30 P.M.). Conste,
LA SECRETARIA
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