REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Años: 199º y 150º

EXP. Nº AP31-S-2009-006479.

SOLICITANTE: Ciudadana MARIA GERTRUDIS RODRIGUEZ DE GOMEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.351.566, debidamente representada por la Abogada MARIA TERESA PINTO O., I.P.S.A. Nº 118.104.

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

I
Acude a este Instancia la ciudadana MARIA GERTRUDIS RODRIGUEZ DE GOMEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.351.566, debidamente asistida por la Abogada MARIA TERESA PINTO O., I.P.S.A. Nº 118.104 correspondiéndole el conocimiento de la presente solicitud a este Juzgado Decimoctavo de Municipio, previo sorteo a través de la UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, con sede en Los Cortijos.

Como fundamentos a su solicitud, donde explanan, que en fecha 01 de Agosto de 2009 falleció ad intestato, en esta ciudad de Caracas, quien en vida respondiera al nombre de GONZALO GOMEZ VILLA, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.303.207, en tal sentido solicita, la ciudadana MARIA GERTRUDIS RODRIGUEZ DE GOMEZ, antes identificada, que sean declarados Únicos y Universales Herederos del de cujus GONZALO GOMEZ VILLA, antes identificado, los ciudadanos MARIA GERTRUDIS RODRIGUEZ DE GOMEZ, LEYDIS COROMOTO GOMEZ RODRIGUEZ, WILLIAMS JOSE GOMEZ RODRIGUEZ y GONZALO GOMEZ OROPEZA.

Ahora bien, revisados los instrumentos consignados en la presente solicitud observa el Tribunal que corre inserto al folio (03), copia certificada del Acta de Defunción a nombre de GONZALO GOMEZ VILLA, Nº 1751 emanada de la Alcaldía del Municipio Sucre Oficina de Registro Civil Municipal del Estado Miranda la cual presenta error material en el nombre de la ciudadana LEYDIS COROMOTO GOMEZ RODRIGUEZ, a quien se le coloco LEYDYS, la cual debe ser objeto de rectificación y es por lo que este Tribunal se ve impedido de admitir la presente solicitud y Niega su admisión, y así se decide.

Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada, en Caracas a los (29) días del mes Octubre 2009. Años 199° y 150°
LA JUEZ TITULAR


Dra. LORELIS SANCHEZ

LA SECRETARIA ACCIDENTAL


MARCIEL G. CARRIZALES
En esta misma fecha, siendo las 1:20 p.m., se registro y publico la anterior sentencia.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL


MARCIEL G. CARRIZALES



AP31-S-2009-006479
LS/Mgc/es