REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS


Caracas, 05 de Septiembre de 2009.-

199° y 150°


ASUNTO N° AP21-L-2007- 002923


De una revisión realizada a la presente causa, se observa que el Juzgado Trigésimo Primero (31°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, por auto de fecha 30/03/2009, dictaminó lo siguiente:

Visto que concluida la audiencia preliminar en fecha 20 de marzo de 2009, y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda, se ordena agregar al expediente, en consecuencia se ordena remitir el expediente al Tribunal de juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese los Oficios correspondientes.- (Resaltado del Tribunal).-

De manera que, y de una revisión exhaustiva realizada al expediente, se evidencia que en el mismo no se encuentra escrito de contestación a la demanda, siendo este primordial para resolver el fondo de la presente controversia, por tal razón esta Juzgadora revoca por contrario imperio todos los actos procesales hecho por este Juzgado a partir del día 16/04/2009, y se deja sin efecto todo los oficios u otro acto procesal que puedan afectar o beneficiar el fondo de la presente controversia.- En consecuencia, se repone la causa al estado que el Juzgado de Sustanciación consigne al expediente el escrito de contestación a la demanda al cual hace referencia en el auto supra transcrito, si la hubo, y si no explique.- En tal sentido, ordena remitir la presente causa al Juzgado Trigésimo Primero (31°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial,.- Asimismo, se suspende la audiencia oral de juicio fijada para el día 06/10/2009, a las 10:00 a.m..- Y ASÍ SE ESTABLECE.-


Dra. MARIA ISABEL SOTO
LA JUEZ


Abg. RAYBETH PARRA
LA SECRETARIA