REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 14 de octubre de 2009
199º y 150º

AUTO QUE DECLARA REANUDACIÓN DE LA CAUSA.

Concluido como ha sido el lapso de suspensión de la causa, acordado por auto de fecha 29 de septiembre de 2009 (Folio 06. Pieza Nº 02), en consecuencia, se reanuda la presente causa en el estado en que se encontraba al momento en que las partes solicitaron la suspensión de la misma.



EL JUEZ
JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra Pérez










EXP. Nº JAP-123-2008/ACCIÓN POSESORIA AGRARIA POR DESPOJO
JDUA/VPP/GG