REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 5 de octubre de 2009
199º y 150º


Visto el auto dictado por este Juzgado de Sustanciación de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha veintiséis (26) de mayo de 2009, en el cual se ordenó la reposición de la causa y se oyó la apelaciones interpuestas en fecha veinticinco (25) octubre de 2007, por los apoderados judiciales del Directorio de Responsabilidad Social de Radio y Televisión, y el treinta (30) de octubre de 2009 por la representación judicial de la sociedad mercantil Emisora Caracas FM 92.9 y del ciudadano Peter S. Bottone, respectivamente.
Vista la diligencia de fecha dieciséis (16) de septiembre de 2009, suscrita por la abogada Andreína Martínez Veraciechea, actuando en su carácter de apoderada judicial d de la sociedad mercantil Emisora Caracas FM 92.9 y del ciudadano Peter S. Bottone, mediante la cual apela del mencionado auto dictado por este Juzgado de Sustanciación el 26 de mayo de 2009, este Tribunal oye dicha apelación a ambos efectos conforme a lo previsto en el aparte 11 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, se ordena la remisión del expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, a los fines de que dicte la decisión a que haya lugar.
La Juez de Sustanciación,


Belén Serpa Blandín
El Secretario Accidental,


Jhotemberg Blanco Matheus


BSB/JBM/jab/rab
Exp. N° AP42-N-2006-000106