REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES
TRIBUNAL CONTROL No. 1
Barquisimeto, 19 de Octubre de 2009
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-D-2006-000858
SOBRESEIMINETO DEFINITIVO
POR VENCIMIENTO DEL PROVISIONAL
TRIBUNAL
JUEZ: ABG. TABANIS BASTIDAS.
SECRETARIA: ABG. ROSA MENDOZA.
PARTES
IMPUTADO: IDENTIDAD OMITIDA.
DEFENSOR PUBLICO: MARIA ALEJANDRA MANCEBO.
ACUSADOR: FISCAL 19 DEL MINISTERIO PÚBLICO
DELITO: LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal.
En fecha 17 de Mayo de 2007, este Tribunal, decretó el Sobreseimiento Provisional a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA., por el delito LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, por solicitud de los fiscales 19º del Ministerio Público Abg. CAROLINA SIERRA y ALEJANDRA OLIVARES HIDALGO, en vista de que han transcurrido más de Un (01) año desde que fuera dictado el Sobreseimiento Provisional de la causa sin que el Ministerio Publico solicitara la reapertura del Procedimiento.
HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACION
se inicio el presente asunto en fecha 11 de Agosto del 2006, mediante denuncia formulada ante este despacho por el adolescente IDENTIDAD OMITIDA., quien manifestó lo siguiente: “el día Miércoles 09-08-06 a las 09-08-06, a las 07:00 p.m., me encontraba vendiendo confitería, y el adolescente IDENTIDAD OMITIDA., quien reside en el kilómetro 13, vía Buena Vista, vía San José de Tintín, casa S/N, detrás de la escuela estaba buscándole pelea a unos muchachitos que viven por la casa yo iba pasando a buscar los pollos a una señora que vive por allá, y salio diciéndome que me parara para que peleáramos, yo le dije que no iba a pelear, después salio y me lanzo una piedra en la cara, y me dio un manotazo por la cara, me baje y lo empuje y lo tumbe hasta que me lo quitaron, le dije que dejara la vaina que no quería pelear con el, me dijo que le entregara el celular o si no me iba a agarrar a coñazos. Y el que lo mando a pelear conmigo fue el hijo de la señora Mayra Rodríguez que lo apodan el Chino.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Revisadas las actuaciones se evidencia que durante el transcurso de un año, que venció el 17 de Mayo de 2008, no se solicitó la reapertura del procedimiento por ante este Tribunal. Siendo obligatorio para la Juez, declarar el sobreseimiento a tenor de lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que textualmente establece: “Si dentro del año dictado el sobreseimiento provisional no se solicita la reapertura del procedimiento, el Juez de Control pronunciará el sobreseimiento definitivo".
DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Control Nº 1 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, se declara el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA., por el delito LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, según lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 1
ABG. TABANIS BASTIDAS CALDERAS